La Comunidad de Madrid ha prorrogado las restricciones a la movilidad en nueve municipios de la región para "armonizar" la duración de las medidas con las del estado de alarma decretado el viernes pasado por el Gobierno central, y levanta las limitaciones de horarios y aforos en Alcalá de Henares desde las 22.00 horas de este viernes.
El Gobierno regional ha publicado la nueva orden en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), que entra hoy en vigor y mantiene las restricciones en Madrid capital, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz hasta el 24 de octubre, fecha cuando previsiblemente finaliza la vigencia del estado de alarma.
De esta forma, se mantienen las medidas ya decretadas por las restricciones del Ministerio de Sanidad en estos municipios para "un mejor conocimiento y observancia de las mismas por parte de la ciudadanía" y se armoniza su duración.
Alcalá de Henares no fue incluida en el ámbito de aplicación del estado de alarma, por lo que los vecinos podían salir y entrar del municipio, pero sí están en vigor las limitaciones a horarios y aforos en hostelería y restauración, lugares de culto o entierros y velatorios.
Además, este próximo lunes, 19 de octubre, dejarán de aplicarse las medidas activadas por la Consejería de Sanidad en las zonas básicas de salud de Villa del Prado (que afecta a este municipio y Aldea del Fresno), Humanes de Madrid (Humanes y Moraleja de Enmedio) y Reyes Católicos (San Sebastián de los Reyes), por la mejoría de la situación epidemiológica en dichos ámbitos territoriales.
Por su parte, continuarán en vigor hasta el 26 de octubre las limitaciones en las áreas de salud de Arganda del Rey (Arganda del Rey), Sierra de Guadarrama (Collado Villalba), Colmenar Viejo Norte (Colmenar Viejo), y Valleaguado (Coslada) , restringidas desde este lunes por la Consejería de Sanidad por tener una incidencia superior a 750.
En estos nueve municipios y en las siete zonas básicas "se desaconsejan los desplazamientos y actividades no imprescindibles", y se establece la restricción de entrada y salida en el perímetro del municipio o zona afectada, salvo desplazamientos "adecuadamente justificados".
La movilidad se permite por motivos laborales o médicos, acceso a centros educativos, regreso a la zona residencial, asistencia a personas mayores o dependientes, acceso a entidades bancarias o de seguros, legales o administrativas, realización de exámenes o cualquier otra necesidad prioritaria o urgente.
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