El Gobierno de la Comunidad de Madrid ha publicado un salvoconducto necesario para aquellas personas que se desplacen durante la Navidad hasta el lugar de residencia de sus familiares o allegados. Dicho justificante de movilidad debe ser presentado ante la Policía si se requiere para las entradas o salidas de la comunidad.
Se llama 'Declaración responsable para justificar la entrada y salida' de la comunidad de Madrid como consecuencia de desplazamientos a territorios que sean lugar de residencia habitual de familiares o personas allegadas y consta de dos partes: la primera, en la que se deben rellenar los datos del interesado; la segunda, en la que figura la persona que va a ver.
Datos necesarios para el salvoconducto
Los datos necesarios para cumplimentar el justificante son el nombre, apellidos, domicilio y DNI, así como el motivo del desplazamiento, el destino, la fecha y la firma del interesado. Con respecto a la persona a la que se va a visitar en el destino, se debe cumplimentar su nombre, apellidos, DNI, dirección y un teléfono de contacto.
"La inexactitud o falsedad de carácter esencial de cualquier dato o información que se incorpore a esta declaración responsable determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiera lugar", advierte el documento.
Puedes descargar aquí el justificante
Movilidad en Navidades en la comunidad de Madrid
Con respecto al cierre perimetral, se proclamará desde el 23 de diciembre hasta el próximo 6 de enero, por lo que no se podrá entrar ni salir de la región, salvo por causa justificada o de fuerza mayor. Además, los días 24, 25, 31 de diciembre y 1 de enero estarán permitidos los desplazamientos a lugares de residencia habitual de familiares o allegados.
Continuará la restricción de la movilidad nocturna de 00.00 a 6.00 horas, aunque se prolongará hasta las 1.30 horas en Nochebuena y Nochevieja para el retorno a casa después de cenar fuera del domicilio.
En cuanto a las celebraciones, en las cenas y comidas navideñas de los días 24, 25 y 31 de diciembre y del 1 y 6 de enero el número máximo de personas queda en 6 comensales que deben ser familia o allegados y deben pertenecer como máximo a dos grupos de convivientes.
En cuanto a la hostelería la presidenta Díaz Ayuso adelantó que no va a cerrar por Navidad, por lo que continúa con las restricciones de aforo, con un 75% en terrazas y un 50% en interiores. Los establecimientos deben cerrar a las 00:00 horas, con la excepción de los días 24, 25, 31 y 1, en los que se permitirá que la hora de cierre sea a las 01:00 horas.