Nueva ordenanza

Alicante aumenta las sanciones contra los incumplidores de las normas de limpieza y recogida de basura

👉El proyecto normativo refuerza la labor inspectora y amplía el régimen sancionador con nuevos supuestos para mejorar el servicio y combatir los aspectos que preocupan a los usuarios

Redacción

Alicante |

La portavoz adjunta, Ana Poquet, y el portavoz Manuel Villar, en la Junta de Gobierno de hoy
La portavoz adjunta, Ana Poquet, y el portavoz Manuel Villar, en la Junta de Gobierno de hoy | ayuntamiento de Alicante

El Ayuntamiento de Alicante ha aprobado este martes en Junta de Gobierno el proyecto de ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y Gestión de Residuos, que sustituirá a la actualmente vigente aprobada por acuerdo plenario el 24 de noviembre de 2016.

El vicealcalde y concejal de Medio Ambiente, Limpieza Viaria y Gestión de Residuos, Manuel Villar, ha explicado que “la nueva normativa aborda todos los aspectos relacionados con la limpieza urbana, la recogida y gestión de los residuos, incluyéndose de forma específica la recogida selectiva, así como la regulación y, por primera vez, la regulación del uso del Centro de Transformación de Residuos y la Red de Ecoparques. Además, se refuerzan las facultades de los inspectores tanto en el control de la concesión del servicio como del cumplimiento de la selección de residuos en origen de particulares y en el levantamiento de actas de inspección”.

Villar ha señalado que “este proyecto aborda además de forma más especifica que la anterior normativa aspectos como la limpieza y recogida de residuos en playas, veladores, de eventos en la vía pública (conciertos,...) – estos últimos requerirán tener un plan y un responsable de la gestión de residuos-, la obligación de la actividad comercial y de hostelería de la recogida separada de residuos y su depósito conforme a la normativa municipal, al igual que en los mercadillos, así como una revisión más detallada de la gestión de otros residuos derivados de la construcción y demolición, así como la poda y jardinería o los residuos peligrosos, entre otros”.

"El horario de depósito de residuos se mantiene entre las 20:00 y las 24:00 horas, salvo en el residuo orgánico que requiere el uso de la tarjeta electrónica para la apertura del contenedor" ha señalado Villar.

Régimen sancionador

También incluye un régimen sancionador, ajustado a lo que marca la normativa nacional y autonómica, con tres tipos de sanciones, leves, graves y muy graves, que van desde los 300 a los 3.000 euros y en el que se ha ampliado el número de supuestos en virtud de esta revisión pasando de 63 de la anterior normativa a 86 inicidiendo en las cuestiones que más preocupan a los usuarios, en virtud de la encuesta realizada por el servicio como puedan ser el deposito de papeles, bolsas, colillas, chicles en la vía pública fuera de los contenedores y papeleras, el depósito residuos fuera del horario establecido, o dejar enseres y voluminosos en espacios públicos sin avisar al servicio de recogida, las micciones o defecaciones de personas en la vía pública -que llegan a triplicar la sanción pasado de 300 hasta 900 euros- o la no recogida de los excrementos de mascotas y su depósito en los lugares correspondientes, así como la no dilución de las mismas con agua o no llevar bolsas de recogida con multas que pueden alcanzar hasta 900 euros.

También se podrá sancionar la falta de limpieza de grafitis en las fachadas, considerado como una falta grave, con hasta 780 euros. Las sanciones más graves como puedan ser las relacionadas con el abandono de residuos derivados de la construcción o el derribo llegarán al máximo de 3.000 euros.