Prisión para la "viuda negra" de Alicante

Conchi Martínez condenada a 22 años de cárcel por matar a su marido junto a su cuidador que también irá a prisión

La Audiencia considera probado que los procesados causaron voluntariamente al fallecido un dolor y un sufrimiento innecesario ya que le iban a matar

Pepe Requena

Alicante |

Concepción Martín, conocida como la 'viuda negra' de Alicante, condenada | EFE

La Audiencia de Alicante ha condenado a penas de 22 años y medio y 20 años de prisión, respectivamente, a Concepción Martínez y a su cuidador acusados de asesinar al marido de ella dos semanas después de la boda. En concreto, en la noche del 20 de agosto de 2018 en un aparcamiento de La Albufereta, donde los acusados habían citado a la víctima con la excusa de celebrar una cena romántica y echar flores en cierto lugar en memoria de seres queridos de ella.

Hechos probados

Según se relata en el fallo, pretendían así “obtener ventaja y facilitad para la ejecución de un plan común de acabar con la vida” del perjudicado, “impidiendo que éste pudiera pedir auxilio eficaz, dificultando de este modo sus posibilidades de defensa y procurando al mismo tiempo su propia impunidad”.

Cuando la víctima llegó a la zona central del recinto, el acusado le atacó por sorpresa y comenzó a agredirlo con un destornillador o un instrumento similar. A continuación, la acusada se acercó y se unió a la agresión, “sujetando o golpeando a su esposo”, mientras el otro acusado continuaba clavándole sucesivas veces el destornillador o instrumento que utilizaba, tal y como se detalla en la resolución judicial.

La víctima cayó al suelo y falleció por una de las heridas, que le afectó a la parte izquierda del cuello. La Audiencia considera probado que los procesados causaron voluntariamente al fallecido con la reiteración de ataques “un dolor y un sufrimiento que en modo alguno eran necesarios para conseguir el fin último de causarle la muerte”.

Culpables y condenados

La sentencia establece que ambos acusados son coautores de un delito de asesinato cualificado doblemente, al mediar alevosía y enseñamiento. En el caso de ella, la pena de prisión es mayor por la agravante de parentesco.

En cambio, el magistrado presidente del tribunal rechaza la aplicación de las agravantes de aprovechamiento de las circunstancias de lugar y tiempo, de abuso de superioridad y de uso de disfraz.

Además de las penas de prisión, los condenados deberán cumplir una medida de libertad vigilada por un tiempo de cinco años e indemnizar conjuntamente a tres hijos del fallecido con un total de 150.000 euros.