ALICANTE: COBRO IRREGULAR DE DIETAS

El Supremo rebaja las penas a los ex directivos de la CAM impuestas por la Audiencia de Alicante

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena pero rebaja las penas del ex director general y cuatro ex consejeros para que sean proporcionales con los nueve meses de prisión que mantiene para el ex presidente, Modesto Crespo

Juan Carlos Fresneda

Alicante | 19.04.2021 12:46

Antigua sede central de la CAM en Alicante
Antigua sede central de la CAM en Alicante | wikipedia

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a los ex directivos de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) por el cobro de dietas.

En relación a la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Alicante en noviembre de 2018, el Alto Tribunal ha reducido algunas condenas al “no encontrar justificación suficiente” para las mismas porque “no concurren agravantes”. A los acusados se les consideró entonces autores de un delito de apropiación indebidaagravada.

Roberto López Abad, ex director general de la CAM
Roberto López Abad, ex director general de la CAM | rtve.es

El ex director general, Roberto López Abad fue condenado a dos años y medio de cárcel, además de un año y medio para otros cuatro antiguos consejeros de la CAM. Por su parte el que fuera presidente, Modesto Crespo fue condenado a nueve meses por el cobro irregular de dietas.

En una sentencia de más de 500 folios la Sala de lo Penal del Supremo, constata que "se articuló una artimaña de ingeniería societaria para cobrar un dinero en contraprestación a una labor meramente representativa que era por definición gratuita y honorífica”, sin embargo reduce las penas anteriores.

López Abad pasa de dos años y medio a dos años de prisión. Para los ex consejeros; entre ellos el ex conseller socialista Martín Sevilla y el ex presidente de la Cámara de Alicante, Luis Esteban, la pena se reduce a un año de prisión en lugar de un año y medio.

Todo ello, explica el Supremo para fijar penas proporcionales a los nueve meses impuestos a Modesto Crespo para el que se mantiene la condena.