Además de Vectalia, en este acuerdo están las firmas de siete organizaciones más dedicadas al transporte de viajeros tanto urbano como por carretera y por tranvía o tren: Ferrocarrils de la Generalitat de Catalunya (FGC), DIREXIS TUSGSAL, Dbus, EMTUSA, Alsa, TRAM y Sagalés.
El objetivo del convenio es ofrecer una alternativa laboral a las trabajadoras víctimas de violencia de género, ayudándolas a alejarse de su agresor a mediante el acceso, de forma segura, a otras medidas de protección social, ha informado Vectalia en un comunicado. De este modo, si alguna de las empresas firmantes tiene que atender un caso de una trabajadora de su plantilla que tenga la consideración de víctima de violencia de género podrá contactar con el resto de las empresas que se acogen al convenio y recibir propuestas de posiciones laborales en alguna de ellas.
La posibilidad de ofrecer una alternativa laboral, tal y como recoge este convenio, se basa en el mandato y la especial protección que otorga la Ley Orgánica 1/2004 de medidas de protección integral contra la violencia de género en lo que se refiere a las mujeres trabajadoras que se encuentren en estas circunstancias.
Derecho por Ley a la movilidad geográfica
La Ley Orgánica prevé expresamente el derecho de la trabajadora víctima de violencia de género a la movilidad geográfica, así como el derecho al paro si se ve en la necesidad de extinguir la relación laboral. En 2018, la Conferencia Sectorial de Administración Pública ya alcanzó un acuerdo en materia de protección de las trabajadoras públicas dando lugar a movilidad y medidas especiales entre las diferentes administraciones del estado.
Las ocho compañías, que operan en España, se comprometen a proponer una posición laboral de las características lo más similares posible a las de la posición que la trabajadora ejercía en la empresa de origen y a proceder a su incorporación efectiva. La trabajadora contará con una reserva del puesto de trabajo en la empresa de origen.
El convenio incluye la constitución de un grupo de trabajo o de una comisión formada por una persona representante de cada una de las empresas operadoras que valorará, cuando se produzca una petición, el perfil profesional de la trabajadora y las posiciones laborales que se le puedan ofrecer.
Este acuerdo de colaboración se firma fruto de la iniciativa planteada y promovida por representantes de las empresas firmantes en el marco de la Comisión de Movilidad y Género de ATUC (Asociación de Transportes Públicos Urbanos y Metropolitanos).