Fiestas

Las urbanizaciones de La Albufereta, Cabo de la Huerta y Playa de San Juan celebran este fin de semana sus fiestas

👉 Se trata de mantener una celebración tradicional propias de las fechas veraniegas y hacerla compatible con el derecho al descanso

Onda Cero Alicante

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Las urbanizaciones de La Albufereta, Cabo de la Huerta y Playa de San Juan celebran este fin de semana sus fiestas
Las urbanizaciones de La Albufereta, Cabo de la Huerta y Playa de San Juan celebran este fin de semana sus fiestas | Europa Press

Vuelven las fiestas de verano a las urbanizaciones de La Albufereta, Cabo de la Huerta y Playa de San Juan este fin de semana. Por su parte, el resto de complejos vecinales de la ciudad las podrán celebrar entre el viernes 23 y el domingo 25 de agosto, dentro del mismo rango horario, de acuerdo a un decreto municipal que determina esas fechas.

La concejala de Urbanismo, Rocío Gómez, ha señalado que la medida pretende paliar lo máximo posible las molestias ocasionadas por el exceso de ruido y, por ello, se ha optado por unificar todas las fiestas en una serie de días determinados. Se trata de mantener una celebración tradicional propias de las fechas veraniegas y hacerla compatible con el derecho al descanso

De esta forma, el horario permitido para las fiestas en las urbanizaciones de La Albufereta, Cabo de la Huerta y Playa de San Juan queda fijado entre las 10.00 horas del próximo viernes 9 de agosto, hasta las 23 horas del 11 de agosto. En el caso de las urbanizaciones privadas del resto de la ciudad, oscilarán entre las 10.00 horas del viernes 23 de agosto y las 23.00 horas del domingo 25 de agosto.

No obstante, en ambos casos las instalaciones musicales solo se autorizan desde las 22.00 horas hasta las 2.30 de la madrugada, como máximo, en las noches del viernes y el sábado, dado que a las 23.00 del domingo finaliza el horario permitido. El nivel sonoro máximo autorizado para estos dispositivos musicales será de 90 decibelios.

Para poder disfrutar de dichas celebraciones, será necesario contar con unos permisos emitidos por el Ayuntamiento a través de una instancia presentada por el presidente de la comunidad de vecinos, del secretario o el administrador.

El disparo de fuegos artificiales deberá ajustarse a a la Ordenanza Municipal y la instalación de atracciones hinchables deberá ser comunicada al Ayuntamiento incorporando la documentación relativa al montaje, los certificados necesarios y el seguro obligatorio.