La sentencia, que condena a la acusada por delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y relativo a la prostitución, la obliga a indemnizar a la menor con 50.000 euros y absuelve al otro procesado de los delitos de inmigración ilegal, de trata de seres humanos y del delito de prostitución coactiva, aunque, conforme a lo solicitado por el fiscal, pide que se deduzca testimonio contra él por si pudiera haber cometido un delito de blanqueo de capitales.
La sala considera probado que la acusada, en fecha anterior al 12 de febrero de 2010, contactó en su país de origen -Nigeria- con la víctima menor de edad y se ganó su confianza y la de su madre, hasta proponerles "con buenas palabras" que la menor, para prosperar, se viniera con la procesada a trabajar para su familia a España, donde esta residía.
Como consecuencia de la continuidad en los malos tratos ocasionados por la procesada, la menor sufrió un trastorno por estrés postraumático, que ha precisado tratamiento psicológico específico y prolongado.