El pleno del Ayuntamiento de Castelló ha aprobado hoy inicialmente la Ordenanza Municipal de Movilidad Sostenible, con los votos a favor del equipo de gobierno (PSOE, Compromís y Podem-EU) y la concejala no adscrita, y los votos en contra de PP, Ciudadanos y Vox. El texto se expondrá al público durante un plazo de 30 días y se entenderá definitivamente aprobado en el caso de que no se presenten reclamaciones en ese plazo. “Castelló dispondrá así de la primera normativa de movilidad sostenible que armoniza los distintos usos de la vía pública y los espacios urbanos”, ha apuntado la alcaldesa de Castelló, Amparo Marco.
“Esta es una ordenanza que defiende una ciudad que fomenta la creación de espacios verdes, la circulación de bicicletas y de vehículos de movilidad personal y, sobre todo, una ciudad que prioriza la creación de zonas peatonales en la que las personas seamos el eje de las políticas públicas”, ha explicado en la sesión plenaria el concejal de Movilidad Sostenible, Jorge Ribes.
Ordenanza Municipal de Movilidad Sostenible
El texto adapta la normativa de Tráfico a las particularidades de Castelló y es de aplicación en todo el término municipal, en las vías urbanas y en las interurbanas cuya competencia hubiera sido cedida al Ayuntamiento. En su articulado, la Ordenanza Municipal de Movilidad Sostenible se ocupa de las normas generales de circulación y seguridad vial, estableciendo criterios para la necesaria convivencia en los espacios públicos, la limitación de velocidad en el núcleo urbano y los principales criterios de vigilancia y control de la seguridad vial. También aborda la circulación de vehículos a motor, estableciendo las restricciones a la circulación de vehículos pesados, las normas de circulación para motocicletas, ciclomotores y bicicletas, junto a las de los vehículos de movilidad personal.
Desarrolla, asimismo, las normas generales sobre la circulación de viandantes, las zonas de especial protección para el peatón, las zonas 30 y las de espacio compartido, las zonas de bajas emisiones y la regulación de las zonas peatonales de uso restringido. También recoge la distribución urbana de mercancías y las normas generales sobre carga y descarga. Además, regula las medidas de promoción del transporte público, especial o el transporte de mercancías peligrosas, así como el servicio de bicicleta pública municipal y servicios privados de arrendamiento, tanto de bicicletas como de vehículos de movilidad personal.
Establece los criterios para la emisión de las tarjetas de movilidad reducida, así como los de la parada, el estacionamiento y el estacionamiento regulado; y los usos temporales de la vía pública. Recoge, asimismo, el régimen sancionador, las responsabilidades y la clasificación de las sanciones.