MEDIDAS COVID

Fiscalía no se opone a permitir a Puig prorrogar las restricciones dos semanas más

El 'president' de la Generalitat, Ximo Puig, anunció este miércoles la previsión de retrasar la vigencia del toque de queda durante dos semanas más y de eliminarlo definitivamente a principios de junio

ondacero.es

Castellón | 21.05.2021 08:00

El presidente de la Generalitat, Ximo Puig
El presidente de la Generalitat, Ximo Puig | Agencia EFE

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) no se opone a autorizar las nuevas medidas planteadas por la Generalitat de restricciones en el contexto actual de la pandemia de coronavirus, según han informado fuentes del ministerio público. Estas nuevas limitaciones, más suavizadas, entrarán en vigor a partir del 24 de mayo.

Entre las medidas solicitadas para su ratificación confirmadas por fuentes consultadas por Europa Press, se encuentra la de retrasar en una hora el comienzo del toque de queda en la autonomía que, de aprobarlo el alto tribunal, comenzará a partir de las 1.00 horas en lugar de las 0.00 y se prolongará hasta las 6.00.

La sala de lo Contencioso-Administrativo debe ahora deliberar sobre las peticiones del Consell y redactar la resolución.

El 'president' de la Generalitat, Ximo Puig, anunció este miércoles la previsión de retrasar la vigencia del toque de queda durante dos semanas más y de eliminarlo definitivamente a principios de junio si se daban las condiciones, previa consulta al TSJCV.

Además de retrasar la hora de comienzo del confinamiento nocturno a la una de la madrugada, entre las medidas que se barajaban este miércoles por la Generalitat también se apuntaba al cierre de la hostelería a las 00.30 horas, aunque no estaban cerrados los límites horarios.

El 'president' señalaba que la idea era que hubiera un itinerario de máxima prudencia y de una apertura progresiva y, a partir de ahí, la intención es poder retrasar el horario del toque de queda para permitir posteriormente la ampliación de la apertura de la hostelería.

El pasado 7 de mayo la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV autorizó las últimas y aún vigentes limitaciones a la movilidad nocturna, a las reuniones sociales y/o familiares y al aforo en los lugares de culto acordadas por la Generalitat Valenciana ante el fin del estado de alarma aunque autorizó su vigencia al periodo comprendido entre el 9 y el 24 de mayo --no hasta el 30 de mayo como pedía la administración--.

El tribunal acordó que será la evolución de la pandemia y el ritmo de la vacunación los que determinen "la necesidad --o no-- de su prórroga o la adopción por la autoridad competente de medidas de mayor laxitud en la afectación a derechos fundamentales", informó entonces el alto tribunal valenciano.