Así lo ha asegurado este miércoles la edil de Hacienda, Ana Arabid, que ha pedido al Gobierno central que permita esa circunstancia a los ayuntamientos que tienen sus cuentas saneadas.
La responsable del área municipal de Hacienda ha incidido en que por imposición legal, a día de hoy, todos los ayuntamientos deben de dirigir los remanentes positivos que obtengan con la liquidación de su presupuesto a adelantar amortización de deuda.
Ana Arabid ha afirmado que, de seguir la evolución de reducción de deuda actual, el Ayuntamiento de Elche podría estar en disposición de acabar la actual legislatura con un endeudamiento cifrado en el 20%.
Alegaciones al Presupuesto Municipal
La edil de Hacienda ha realizado estas declaraciones tras anunciar que la Comisión de Hacienda ha dictaminado desfavorablemente este miércoles todas las alegaciones presentadas tanto a las ordenanzas fiscales como al presupuesto municipal aprobados por el Pleno Municipal por mayoría absoluta del mismo después que desde la oposición municipal, el Grupo Municipal de Ciudadanos apoyara la propuesta del equipo de gobierno, quedándose sólo en la oposición a esos documentos las formaciones de PP e Ilicitanos por Elche, que rechazaron tanto las ordenanzas fiscales como los presupuestos municipal por no contemplar una rebaja del IBI, entre otros motivos.
Las ordenanzas fiscales han recibido alegaciones, tanto del PP como de Ilicitanos por Elche, siendo las mismas rechazadas dado que, según ha dicho Ana Arabid, estaban basadas “en los mismos motivos que fueron rechazados en el Pleno Municipal”.
Al presupuesto municipal, han presentado alegaciones las formaciones políticas de Ilicitanos por Elche y Podemos, así como los colectivos Agora Elx y Salvem Palmerar. En este caso, el PP no ha presentado ninguna alegación.
Según Arabid, todas las alegaciones presentadas se desestiman porque “no se ajustan a las causas legales susceptibles de alegación”, que son “por no haberse ajustado la elaboración del presupuesto a los trámites legales; por omitir el crédito necesario para el cumplimiento de obligaciones exigibles a la entidad local; y en tercer lugar por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos con relación a los gastos presupuestados”.