28 DE MAYO

Cómo saber si me ha tocado mesa electoral en las elecciones de la Comunidad Valenciana

La cuenta atrás para las elecciones del 28M ya ha comenzado y toda la maquinaria vinculada a esos comicios municipales y autonómicos ya está en marcha

ondacero.es

Comunidad Valenciana | 05.05.2023 19:50

Una mujer vota en una mesa electoral
Una mujer vota en una mesa electoral | Jesús Hellín - Europa Press - Archivo

La cuenta atrás para las elecciones del domingo 28 de mayo ya ha comenzado. Toda la maquinaria vinculada a esos comicios municipales y autonómicos se ha puesto en marcha. En ella se incluye la configuración de las mesas electorales con los vecinos que han salido asignados en los sorteos realizados a lo largo de la última semana, dependiendo de cada localidad.

Las notificaciones de las mesas electorales, antes del 7 de mayo

La Ley Orgánica del Régimen Electoral General para el 28M marca que el sorteo de las mesas se debía llevar a cabo entre los días vigésimo quinto y vigésimo noveno posteriores a la convocatoria de las elecciones, que tuvo lugar el pasado el 4 de abril. El calendario señala como fechas para el sorteo entre el 29 de abril y 3 de mayo. Y su notificación por escrito contaba con un margen de tres días para ser notificada. Por tanto, todo aquel que antes del domingo 7 de mayo no haya recibido aviso de su ayuntamiento puede estar tranquilo y hacer planes para ese domingo.

Avisos para la mesa electoral por carta certificada, llamada telefónica o mediante la Policía Local

La comunicación, dependiendo de cada población, se puede hacer por carta certificada, a través de una llamada telefónica o de los agentes de la Policía Local. En caso de no hallarse en el domicilio en el que está empadronado se dejaría un aviso que debería recogerse en la oficina de Correos determinada. Esa misma dirección es la que figura en el censo de cada localidad para informar del colegio y de la mesa electoral en la que cada uno puede votar el 28M.

Los presidentes y vocales de las mesas electorales deben cumplir unos requisitos

Los ‘afortunados’ en el sorteo de las mesas electorales deben cumplir con una serie de requisitos, por lo que no todos los ciudadanos de la Comunidad Valenciana aspiran a contar los votos de sus vecinos en estos comicios. En el sorteo entran los mayores de edad, hasta 70 años. Los que tienen más de 65 pueden renunciar a esta designación dentro de un plazo de siete días. Además, los seleccionados deben saber leer y escribir; los presidentes de las mesas deben contar el Bachiller, FP de grado superior o graduado escolar. Evidentemente, ningún candidato que forme parte de alguna lista política podrá ser nombrado como componente de una mesa.

Mesas electorales: un presidente y dos vocales, más dos suplentes por puesto

Las mesas electorales implican la presencia de nueve personas cuando se abran los colegios: un presidente y dos suplentes; dos vocales y dos suplentes por cada uno de ellos. Todos deben estar a la hora fijada en la apertura de los comicios. En caso de que se presenten los titulares, los suplentes pueden volver a casa. Los que cumplan la jornada tendrán una compensación de 70 euros por el día trabajado, además del avituallamiento correspondiente y una reducción de cinco horas en su trabajo al día siguiente de las elecciones.

Sanciones con penas de cárcel de tres meses a un año por no acudir a su puesto en una mesa electoral

Las causas justificadas para librarse de la designación como presidente o vocal, así como suplente de cada uno de esos puestos, deben ser razones de peso, como enfermedad con parte médico, discapacidad o bajas laborales, haber sido madre tres meses antes de la fecha marcada en las elecciones o haber formado parte de una mesa electoral en, al menos, tres ocasiones durante los últimos diez años.

También se estudia la situación que implique una boda, sólo en el caso de los cónyuges, mientras que no se admiten salvedades por razones de trabajo. Cualquiera de estos motivos se debe comunicar por escrito durante los siete días posteriores a la notificación. De lo contrario, no serán faltas justificadas. La ausencia injustificada puede conllevar una pena de prisión que oscila entre los tres meses y un año si no se acude a la citación.