La situación se modificará en función de la evolución de la pandemia

La 'nueva normalidad' arranca en la Comunitat Valenciana con los condicionantes de la fase 3 de la desescalada

Desde este domingo se recupera la libertad de movimientos por todo el territorio pero el aforo de establecimientos sigue limitado al 75% en la Comunitat Valenciana

David Alberola García

Elche | 21.06.2020 10:15

Autovía del Mediterráneo.
Autovía del Mediterráneo. | Onda Cero

La Comunitat Valenciana se encuentra ya en lo que el Gobierno central ha venido a denominar la ‘nueva normalidad’. A las 00:00 horas de este domingo ha decaído el estado de alarma decretado el pasado 14 de marzo como medida de protección frente a la expansión del coronavirus de Wuhan (covid-19) y con ello han desaparecido todas las limitaciones que esa medida implantó y que aún permanecía vigente, como es el caso de la que afectaba a la movilidad entre territorios con lo que desde hoy están permitidos los desplazamientos por todo el territorio nacional.

Además, tras recuperar hace una semana las competencias delegadas del Gobierno central, la Generalitat ha optado por mantener las medidas de prevención ante la pandemia del covid-19 que estableció hace siete días con el paso a la fase 3 de la desescalada. Esos condicionantes se irán modulando con el paso de las semanas en función de la evolución que registre la pandemia.

Así, según la resolución publicada en el Documento Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) entre otras, se establece la obligación de mantener la distancia mínima de seguridad de 1,5 metros o, en su defecto, medidas alternativas de protección física como el uso de mascarilla, que se mantiene como obligatorio para mayores de seis años de edad; se imponen medidas de higiene comunes a todas las actividades, como limpieza de locales, de ropa de trabajo, ventilación de instalaciones, disponibilidad de materiales de protección, pago preferente con tarjeta, señalización de distancia de seguridad para clientes, utilización de probadores o establecimiento de sistemas de recuento aforo.

Además, se mantiene con carácter general el aforo del 75% en el interior de todos los locales comerciales y el 100% en las terrazas de bares, cafeterías y restaurantes, siempre guardándose una distancia física de dos metros de distancia entre mesas o agrupaciones de ellas. La ocupación máxima será de 20 personas por mesa o agrupación de las mismas.

Las discotecas y bares de ocio nocturno podrán abrir sin superar un tercio de su aforo interior y el 100% de sus terrazas en las mismas condiciones que el resto de establecimientos de ocio. El espacio destinado a pista de baile o similar no podrá ser destinado al uso habitual, si bien podrá ser utilizado para instalar mesas, siempre con una distancia de dos metros entre ellas.

Piscinas y centros recreativos turísticos

Según el decreto de la Generalitat Valenciana, las piscinas de uso recreativo, incluyendo las piscinas de hoteles y alojamientos turísticos y las piscinas comunitarias de edificios o urbanizaciones, se autoriza un aforo máximo de hasta el 75% de su capacidad, siempre que sea posible respetar la distancia de seguridad de 1,5 metros entre las personas usuarias y si no es posible garantizar esa distancia social se reducirá el aforo a efectos de poder cumplir con la misma.

Asimismo, deberá llevarse a cabo la limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a los espacios cerrados como vestuarios o baños con carácter previo a la apertura de cada jornada.

En las piscinas de uso deportivo, o en aquellas que se habilitan para este uso en determinadas franjas horarias, se podrá llevar a cabo práctica deportiva individual o mediante clases grupales de un máximo de diez personas, siempre sin contacto físico y manteniendo las debidas medidas de seguridad y protección, y, en todo caso, la distancia de seguridad de 1,5 metros. El aforo máximo permitido será de una persona usuaria por cada 4 metros cuadrados de superficie de lámina de agua.

Por otro lado, los centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios pueden abrir al público hasta el límite de aforo del 75% y sus zonas comerciales han de cumplir con las condiciones y medidas de higiene y prevención establecidas para todo el sector comercial y de servicios.