El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado la condena a cinco años de prisión a un hombre que en el año 2018 asaltó en plena calle en Aspe a dos menores, de 14 y 17 años, en dos episodios distintos, para chuparles los pies en dos acciones que, según concluye la resolución del Alto Tribunal, "tuvieron una significación indudablemente sexual" pese a que el agresor ha defendido durante el procedimiento judicial que el pie no es zona erógena.
“No se trata un tocamiento fugaz e inocente, sino de un acto de cierta trascendencia que no tiene otra explicación que la inequívocamente lasciva de obtener una satisfacción sexual", destaca en su sentencia el TS que añade que "no hay duda" de que en ambos casos los actos tuvieron un significado “indudablemente sexual" y se realizaron con "ánimo libidinoso".
Dice el TS que “en ambos casos los actos se enmarcan en una parafilia fetichista que obtiene excitación y placer sexual en relación con los pies”.
La Audiencia Provincial de Alicante condenó al hombre a cinco años de prisión y multa de 2.700 euros por un delito de abuso sexual y otro de agresión sexual. También le obligó a indemnizar a la menor de 17 años con 1.000 euros y a la de 14 años con 3.000 euros.
La sentencia ha considerado probado que el 10 de junio de 2018, el condenado abordó a una joven de 17 años que esperaba a una amiga en el portal de su casa y le dijo que le gustaban mucho sus pies y que sí podía quitarse los zapatos. Ante la negativa de la menor, el procesado sujetó fuertemente el pie de la víctima y le quitó el zapato para comenzar a chuparlo, hasta que la menor se pudo soltar y salir corriendo.
Meses más tarde, el día 3 de septiembre de ese mismo año, el hombre asaltó, también en plena vía pública, a una menor de 14 años, tras seguirla y empezar a acosarla hasta que la cogió por los brazos y la empujó contra la persiana de un almacén para que no pudiera moverse. Allí la amenazó con violarla si no se quedaba quieta y enseguida comenzó a chuparle un pie al mismo tiempo que se masturbaba.