Los dos letrados habían interpuesto recurso contra la consideración de algunos de los agravantes que se les atribuían a los delitos de cooperación necesaria de sus defendidos, así como al hecho de que se les condenara por tres delitos de cooperación necesaria en lugar de sólo uno continuado. En el contenido de los recursos, los letrados enumeraban algunas sentencias del Tribunal Supremo, anteriores a la jurisprudencia aplicada por la sala, en la que apoyar la violación de otros miembros del grupo no era considerado un delito agravado por separado en cada agresión.
Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha considerado desestimar ambos recursos apoyado en la última doctrina de la sala del Supremo que mantiene lo contrario en sus últimas sentencias: aplicar un delito de cooperación por cada agresión de los otros miembros del grupo.
El tribunal condena, además, a la parte recurrente, a pagar las costas.
La sentencia, con fecha del pasado día 8, fue comunicada ayer por el tribunal a los letrados de las partes. Contra esta sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, pero, por lo que ha podido saber Onda Cero, la intención de los defensores de los miembros de la manada, por el momento, es no presentarlo.