El Pleno del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi ha aprobado hoy una modificación del Reglamento Regulador del Servicio de Abastecimiento de Agua Potable, en sus artículos 19, referente a los contadores sustractivos, y 57, relacionado con la facturación en caso de fugas interiores. El punto ha sido aprobado por unanimidad, "al tratarse de modificaciones que van dirigidas a mejorar el servicio".
El artículo 19 afecta a edificios con depósito de reserva de agua y grupo de presión u otro tipo de instalaciones privadas, destinadas o no a usos comunitarios, así como a urbanizaciones o complejos urbanísticos.
En estos casos, deberá existir un contador general amparado por su correspondiente contrato de suministro, llamado sustractivo, que quedará vinculado solidariamente a los contratos individuales de suministro, llamados divisionarios. Una medida destinada a detectar fugas.
Según ha explicado al término de la sesión el portavoz del equipo de Gobierno, Toni Such, “hasta ahora se cobraba el alquiler de estos contadores cada trimestre y con la modificación que hemos aprobado hoy en el Pleno sólo se cobrará en caso de detectarse una discrepancia entre el consumo del contrato general y los consumos individuales”.
Respecto al artículo 57, relacionado con la facturación en caso de fugas interiores, en el supuesto en que se produzcan de forma inadvertida y siempre que pueda acreditarse que dichas fugas no son imputables a una acción deliberada o a negligencia en la instalación, se podrá aplicar una bonificación sobre los precios vigentes en tarifa.
Además, “se elimina el cuarto tramo de baremación, el más caro, para que no suba tanto la factura en caso de fuga”, ha añadido el portavoz.