El Comité de Competición, después de que el Comité de Integridad de la RFEF denunciara, ha sancionado a José Luís Gayá con cuatro partidos después de sus declaraciones sobre el estamento arbitral realizadas tras el partido frente a Osasuna en el que los colegiados, Melero López como árbitro principal y Medié Jiménez en el VAR, no vieron un penalti cometido sobre Bryan Gil. El Valencia tiene diez días para presentar recurso.
Las declaraciones de Gayá
Al finalizar el encuentro ante Osasuna Gayá afirmaba que "es la tónica que llevamos esta temporada. Le tienen que avisar de un penalti clarísimo. El árbitro lo ha visto y no ha querido pitarlo. Lucharemos contra todo y seguiremos adelante. Es lo de siempre. El árbitro, al descanso, nos ha dicho que si hubiera pitado el penalti sobre Bryan lo hubieran quitado desde el VAR porque no había contacto. Tampoco podemos decir nada porque te sacan amarilla como a mi al final del partido. Hacen lo que quieren".
Artículo 100 bis del reglamento
El artículo 100 bis del Reglamento establece que "la realización por parte de cualquier persona sujeta a disciplina deportiva de declaraciones a través de cualquier medio mediante las que se cuestione la honradez e imparcialidad de cualquier miembro del colectivo arbitral o de los órganos de la RFEF; así como las declaraciones que supongan una desaprobación de la actividad de cualquier miembro de los colectivos mencionados cuando se efectúen con menosprecio o cuando se emplee un lenguaje ofensivo, insultante, humillante o malsonante, serán sancionados".
Las sanciones "tratándose de futbolistas, técnicos, preparadores físicos, delegados, médicos, ATS/FPT, ayudantes sanitarios o encargados de material, de cuatro a doce partidos de sanción y multa en cuantía de 601 a 3.505,06 euros".