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Un informe del secretario municipal avala que la licencia de obra del nuevo Mestalla no está caducada

El documento fue solicitado por el ex vicepresidente Miguel Zorío. El informe incide en que "dicha actividad por parte del titular de la licencia impide apreciar la concurrencia de una inequívoca voluntad por parte del mismo de abandonar la obra y su proyecto de construcción"

Eduardo Esteve

Valencia |

Nuevo Mestalla
Nuevo Mestalla | ondacero.es

Se disipa cualquier duda sobre si la licencia de obra del nuevo Mestalla está caducada. Onda Cero Valencia ha tenido acceso al informe que el secretario municipal del Ayuntamiento de Valencia ha presentado en el que demuestra que no están caducadas y por tanto se puede seguir adelante con el trámite que ya inició el Valencia. Dicha resolución desestima la petición del ex presidente del Valencia Miguel Zorío que había solicitado la caducidad de las licencias. Lleva fecha de 20 de febrero y recuerda que el Valencia ha presentado diversos proyectos y por tanto nunca ha abandonado su intención de finalizar las obras.

La resolución recuerda que "se ha presentado recientemente, en fecha 30 de enero de 2024, solicitud de modificación de la licencia urbanística y de actividad, adaptada a las últimas modificaciones legislativas en materia de tramitación de licencias operadas por la Ley 7/2023, de 26 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat Valenciana.

Engloba de manera íntegra la totalidad del edificio, tanto lo ya ejecutado como lo que resta por ejecutar para la total terminación de la obra y la apertura de la actividad, adaptándose a las características técnicas definidas en los diversos acuerdos suscritos entre el Ayuntamiento de València y el Valencia Club de Futbol, S.A.D., concretamente al aforo mínimo del Nuevo Estadio previsto tanto en el Convenio urbanístico y de permuta entre el Valencia Club de Futbol, S.A.D. y el Ayuntamiento de València suscrito el 20 de diciembre de 2005, como en el Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de València y el Valencia Club de Fútbol, S.A.D. suscrito el 3 de septiembre de 2007".

Establece que con ello se demuestra que dicha actividad "por parte del titular de la licencia impide apreciar la concurrencia de una inequívoca voluntad por parte del mismo de abandonar la obra y su proyecto de construcción, no concurriendo, por tanto, uno de los requisitos exigidos por la reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo para que sea posible aplicar el instituto de la caducidad".