destinadas al segundo ciclo de infantil

El Ayuntamiento de València abre el plazo para pedir las ayudas de material escolar

La partida habilitada por el consistorio para esta convocatoria es de 400.000 euros

Nacho Reig

València |

Imagen de archivo
Imagen de archivo | Ayuntamiento de València

Este jueves se abre el plazo de solicitud de las ayudas del Ayuntamiento de València para la compra de material escolar de los alumnos de segundo ciclo de educación infantil. El plazo será de 20 días naturales, de acuerdo con el anuncio que ha publicado el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).

La subvención es para niños matriculados durante este curso en centros públicos o concertados de la ciudad. La partida reservada por el consistorio para estas ayudas asciende este curso a 400.000 euros. El portavoz del gobierno local, el concejal Juan Carlos Caballero, ha recordado de cara al próximo curso el compromiso del ejecutivo de realizar una convocatoria única de ayudas que agrupe tanto las de material como las de comedor:

Requisitos

Para acceder a estas ayudas serán necesario que el alumnado y sus progenitores estén empadronados en València. Las bases contemplan unos límites de renta anual de entre 72.000 y 85.000 euros anuales -dependiendo del número de miembros de la familia- fuera de los cuales no será posible acceder a las ayudas. Así, noo podrá ser beneficiario de estas ayudas el alumnado matriculado cuya familia disponga de una renta anual superior a 72.460 euros para familias de dos miembros; 75.641 euros para las de tres miembros; 78.822 euros en el caso de unidades familiares de cuatro miembros; 82.003 euros si son de cinco miembros: y 85.184 euros para familias a partir de seis miembros.

Las solicitudes se presentarán mediante el modelo normalizado que puede descargarse en la página web del Ayuntamiento de Valencia (https://educacio-valencia.es/es/material-escolar) y podrá hacerse tanto de manera presencial como a través de la sede electrónica. Las personas beneficiaras deberán justificar los gastos efectuados de manera previa a la obtención de la ayuda. Ésta, tal como se recoge en las bases, será destinada en primer término a la adquisición del material escolar e informático necesario para el desempeño de los estudios.

Finalmente, la obtención de esta subvención será compatible con otras ayudas otorgadas con la misma finalidad por todo tipo de organismos, públicos o privados, siempre que el importe de las ayudas recibidas no superen el 100% del coste del gasto generado por la adquisición de material escolar e informático.