'En peu alcem-se'

El Ayuntamiento de València abre el plazo para solicitar las ayudas a los negocios afectados por la DANA

El consistorio destina inicialmente una partida de 4 millones de euros para estas subvenciones, pero se compromete a ampliarla si es necesario

Nacho Reig

València |

ayudas dana
Fachada de la Casa Consistorial | Ayuntamiento de València

Este jueves se abre el plazo de presentación de solicitudes para poder acogerse a las subvenciones directas del plan ‘En peu alcem-se’ del Ayuntamiento de València, dirigidas a los negocios afectados por las inundaciones a causa de la DANA del pasado 29 de octubre. El anuncio de la convocatoria publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) establece que podrán pedirse hasta el próximo 31 de diciembre.

Estas ayudas contribuirán a paliar las pérdidas de comercio, hostelería, autónomos y empresas cuya actividad económica se desarrolla en el barrio de Faitanar y las pedanías de La Torre, Forn d'Alcedo, Castellar-l’Oliveral, Pinedo, El Saler, El Perellonet y El Palmar. Tal y como explica la alcaldesa, María José Catalá, el plan urgente contempla dos tipos de ayudas directas: 4.000 euros a quienes han sufrido daños materiales en local en planta baja afecto a la actividad económica, y 2.000 euros a personas y pequeñas empresas cuya actividad económica se haya visto afectada sin sufrir daños materiales:

La Junta de Gobierno Local aprobó el pasado viernes, a iniciativa de las concejalías de Comercio y Mercados, Turismo y Emprendimiento, la creación de este paquete de ayudas por un importe de 4 millones de euros a través de una modificación de los presupuestos municipales de este año. No obstante, el importe podrá ampliarse para satisfacer todas las solicitudes presentadas que cumplan los requisitos.

El plan ‘En peu alcem-se’ se ha tramitado de manera urgente por razones de interés público y su objetivo principal es ayudar al comercio, hostelería, autónomos y empresas de menos de 10 trabajadores cuya actividad económica se desarrolla en el barrio y las pedanías del sur de València afectados por la riada.

Requisitos principales

Podrán acogerse a esta convocatoria de subvención tanto las personas físicas o jurídicas, como las comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, legalmente constituidas y que cumplan, entre otros, los siguientes requisitos:

-Que sean titulares de una actividad económica cuyo local de desarrollo se encuentre en las pedanías del sur afectadas. En caso de no disponer de local de desarrollo de la actividad, el domicilio fiscal deberá encontrase en dichas pedanías.

-Que estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social y en la AEAT, en una actividad económica que se desarrollaba en las pedanías del sur el día 29 de octubre de 2024.

-Estar incluido en los supuestos de exención del IAE previstos en el artículo 82 del Texto Refundido de la ley de Haciendas Locales.

-Que la titularidad de la actividad debe corresponder a autónomos o empresas cuya plantilla media de trabajadores en situación de alta en los 12 meses anteriores al día 29 de octubre de 2024 o en su caso, en el período en que se esté de alta en la actividad, sea inferior a 10 personas trabajadoras.

Las personas y empresas interesadas deberán rellenar y firmar un formulario de solicitud que comprende una declaración responsable donde afirman que cumplen los requisitos establecidos en la convocatoria. También deberán aportar una serie de documentos y firmar la autorización de consulta interactiva de datos fiscales. Sólo se podrá presentar un máximo de una solicitud por persona física, jurídica o entidad. La ayuda económica por la DANA es compatible con cualquier otra subvención o ayuda otorgada por el Ayuntamiento de València o por otra entidad o institución en 2024.

Las instancias pueden presentarse en las tres oficinas de atención temporal habilitadas en las alcaldías pedáneas de La Torre, el Forn d’Alcedo y Castellar-l’Oliveral; en los registros de entrada del Ayuntamiento de València (Casa Consistorial, Tabacalera, Juntas Municipales de Distrito y Alcaldías Pedáneas); los demás registros regulados por la Ley del Procedimiento Administrativo Común y también a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de València (https://sede.valencia.es/sede/edictos/index.xhtml.)