TRIBUNALES

Condenado a 10 años por abusar de dos nietas menores de edad de su pareja

El penado mantuvo una relación de pareja de unos 30 años de duración con la abuela paterna de las niñas

EFE

Valencia |

Condenado a 10 años por abusar de dos nietas menores de edad de su pareja
Condenado a 10 años por abusar de dos nietas menores de edad de su pareja | Agencia EFE

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a 10 años de prisión a un hombre por abusar sexualmente de forma continuada de dos menores de edad, nietas de su compañera sentimental, a las que sometió a tocamientos en diversas ocasiones durante varios años.

La sentencia establece una pena de 5 años de prisión, diez años de prohibición de aproximación y de comunicación y 10.000 euros de indemnización por daños morales por el delito continuado de abuso sexual cometido respecto a cada una de las víctimas.

Según ha considerado probado el tribunal, el penado mantuvo una relación de pareja de unos 30 años de duración con la abuela paterna de las niñas, por lo que tenía con ellas un trato similar al de un abuelo con sus nietas.

Las pequeñas acudían con asiduidad al domicilio donde convivían su abuela y el reo, quien se aprovechaba de la relación de confianza que le unía a las víctimas para realizarles tocamientos de tipo sexual cuando estaba a solas con ellas en la vivienda.

Así ocurrió en diversas ocasiones entre 2013 y 2018 con una de las menores, cuando ésta tenía entre 11 y 15 años. Durante uno de estos abusos, la niña llegó a forcejear y a gritar para soltarse del acusado y encerrarse en el baño.

La otra perjudicada sufrió tocamientos en más de cinco ocasiones en días distintos entre 2016 y 2019, desde que tuvo 10 años y hasta cumplir los 13. En abril de 2020, las dos menores y su madre denunciaron los hechos ante la Guardia Civil.

La Sección Segunda de la Audiencia ha aplicado al condenado la agravante de reincidencia para uno de los dos delitos continuados de abuso sexual, ya que había sido condenado a un año de prisión con anterioridad, en 2014, como autor de un delito de corrupción de menores, si bien no llegó a entrar en ningún centro penitenciario al suspenderse la condena y extinguirse la responsabilidad en 2018.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).