El Juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja centralizará las diligencias seguidas en distintos órganos judiciales de la provincia, incluida València capital, por las consecuencias de la dana del pasado mes de octubre, según ha dado a conocer la Fiscalía en un comunicado, en el que precisa que se trata de un acuerdo.
Según han detallado a Europa Press fuentes del ministerio público, en un encuentro con la titular de este órgano se ha acordado que "las diferentes diligencias seguidas hasta ahora en distintos juzgadoos de la provincia, incluida la capital, por las consecuencias de la dana del pasado mes de octubre, se centralicen en el de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja".
El acuerdo obedece a que esta instancia judicial tiene las diligencias abiertas más antiguas y las más numerosas relacionadas con la dana, han apuntado las fuentes consultadas en Fiscalía.
Junto a esta decisión, desde el ministerio público se ha acordado crear en la Fiscalía Provincial de Valencia un equipo, integrado por un total de cinco fiscales y que incluye especialistas en medio ambiente, anticorrupción y penal, para proporcionar una respuesta coordinada desde Fiscalía en este asunto y trabajar en colaboración con el juzgado de Catarroja.
Son varias las denuncias y querellas interpuestas en diferentes órganos judiciales valencianos por la gestión de la dana. Precisamente este misma semana más de un centenar de afectados por la dana de la Asociación de Damnificados Horta Sud de Valencia han presentado una querella contra cinco miembros del Consell y contra el presidente de la Confederacion Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo, para depurar sus responsabilidades ante "la inacción" en el ejercicio de sus funciones ante la catástrofe.
Por otro lado, recientemente se conocía una resolución de la Audiencia de Valencia que atribuía al Juzgado de Instrucción número 15 de la capital la competencia para resolver sobre una denuncia interpuesta por el Sindicato Colectivo de Funcionarios Públicos Manos Limpias por la gestión de la dana.
La Audiencia adoptó esta decisión en el marco de la cuestión de competencia negativa planteada por el juzgado en relación con otras diligencias previas seguidas por el Juzgado de Instrucción 20 de Valencia por el fallecimiento de una víctima mortal en la catástrofe.
La denuncia de Manos Limpias, que aludía a la comisión de posibles delitos de homicidio, lesiones y daños por imprudencia grave y estaba dirigida contra el entonces director de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, el presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar y la responsable de la Aemet, recayó por reparto en el Juzgado de Instrucción 15, cuyo titular incoó diligencias previas y se inhibió de ellas en favor de su homólogo del Juzgado de Instrucción 20 porque éste fue el primero que tuvo conocimiento de un fallecimiento por la dana en el partido judicial de Valencia.
Sin embargo, el Juzgado de Instrucción 20 rechazó esa inhibición por considerarla prematura e Instrucción 15 planteó entonces una cuestión de competencia. La Audiencia determinó que en ese momento no se podía acumular la denuncia a las diligencias previas por el Juzgado de Instrucción 20.