HASTA EL 2 DE JUNIO

El plazo para solicitar el Bono Joven Vivienda de Alquiler comienza el martes

250 euros mensuales para las personas jóvenes que no superen los 35 años

Se trata de una ayuda total de 6.000 euros repartida en 24 mensualidades

Eduard Ureña

València | 28.04.2023 12:17

El plazo para solicitar el Bono Joven Vivienda de Alquiler comienza el martes
El plazo para solicitar el Bono Joven Vivienda de Alquiler comienza el martes | GVA

El plazo para solicitar las ayudas del Bono Joven Vivienda de Alquiler comienza el próximo martes y concluirá el 2 de junio. El Diario Oficial de la Generalitat ha publicado este viernes la convocatoria de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, que cuenta con un presupuesto global de 52 millones. El Bono Joven de Alquiler supone una aportación de 250 euros mensuales para las personas jóvenes que no superen los 35 años. Se trata de una ayuda total de 6.000 euros repartida en 24 mensualidades.

A la dotación inicial de 22,8 millones a cargo del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA), se incorporan 30 millones de fondos propios de la Generalitat. Las ayudas se conceden para dos anualidades, se ha previsto destinar para este año 26 millones, y para el año 2024, los restantes 26 millones.

Una vez tramitada la convocatoria de 2022, con el crédito aportado íntegramente por el Gobierno de España a través del MITMA (Plan Estatal de Vivienda 2022-2025), se han podido cubrir 3.910 solicitudes que se corresponden con aquellas que se presentaron entre el 1 y el 15 de junio de 2022. Han quedado pendientes 16.700 solicitudes. Al respecto, la directora general de Emergencia Habitacional, Pura Peris, ha explicado que quienes en 2022 presentaron solicitud y no recibieron la ayuda, solo tendrán que presentar copia del contrato, volante único de empadronamiento, recibos alquiler o cesión, declaraciones responsables y autorizaciones.

Entre 18 y 35 años

Peris ha recordado que, para acceder a este bono, la persona beneficiaria también podrá recibir esta ayuda en caso de compartir piso. De entre las condiciones ha indicado que deberán tener entre 18 y 35 años incluido, un contrato de trabajo que no genere más de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y estar empadronado. La vivienda o habitación deberá ser la residencia habitual y permanente durante todo el periodo por el que se conceda la ayuda.