Podrán acceder a estas subvenciones las asociaciones de vecinos y vecinas, así como la Federación de Asociaciones de Vecinos y Vecinas, siempre que estén legalmente constituidas, sin ánimo de lucro, y que cumplan con los requisitos establecidos por la Ley. Podrán optar a las subvenciones como agrupaciones de personas jurídicas que impulsen proyectos y actividades que justifiquen la concesión de la subvención.
Las solicitudes se podrán presentar durante un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón, que tuvo lugar el jueves 10 de octubre.