AYUDAS

El DOE publica la convocatoria de ayudas estatales para la adquisición de vivienda habitual en pequeños municipios

La cuantía de la ayuda será de hasta 10.800 euros por vivienda, con el límite del 20 por ciento del precio de adquisición de la vivienda, excluidos los gastos y tributos inherentes a la adquisición

ondacero.es

Mérida |

El DOE publica la convocatoria de ayudas estatales para la adquisición de vivienda habitual en pequeños municipios
El DOE publica la convocatoria de ayudas estatales para la adquisición de vivienda habitual en pequeños municipios | Archivo

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado una resolución de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda por la que se convocan las ayudas estatales para la adquisición de vivienda habitual y permanente localizada en un municipio o núcleo de población de pequeño tamaño, correspondiente a las anualidades 2024-2025 en Extremadura, por importe de 5.687.599 euros.

La cuantía de la ayuda será de hasta 10.800 euros por vivienda, con el límite del 20 por ciento del precio de adquisición de la vivienda, excluidos los gastos y tributos inherentes a la adquisición, según informa la Junta de Extremadura en nota de prensa.

El objetivo de estas ayudas es facilitar a los jóvenes "con escasos medios económicos el acceso, en régimen de propiedad, a una vivienda digna y adecuada" localizada en municipio o núcleo de población de pequeño tamaño, mediante la concesión de una subvención directa para su adquisición, contribuyendo al reto demográfico de la recuperación de la población en estos entornos.

REQUISITOS PARA ACCEDER

Los beneficiarios deberán ser personas físicas mayores de edad, que posean la nacionalidad española o tengan autorización de estancia o residencia legal en España, que adquieran una vivienda localizada en un municipio o núcleo de población de pequeño tamaño y que su precio de adquisición, excluidos los gastos y tributos inherentes a la adquisición, sea igual o inferior a 120.000 euros.

Estas personas deben disponer de unos ingresos anuales iguales o inferiores a tres veces el IPREM; cuatro veces el IPREM, si se trata de personas con discapacidad, y cinco veces el IPREM, si se trata de personas con discapacidad de determinados tipos.

Además, deberán contar con una edad igual o inferior a 35 años en el momento de solicitar la ayuda o de suscribir el documento público o privado de adquisición de la vivienda, y ocupar la vivienda objeto de ayuda y destinarla a residencia habitual y permanente durante el plazo establecido.

El plazo de presentación de solicitudes de ayuda será de seis meses a partir de este jueves, 25 de julio, y la yuda deberá destinarse obligatoriamente a la adquisición de vivienda habitual y permanente localizada en un municipio o núcleo de población de 10.000 habitantes o menos y será compatible con cualquier otra ayuda para el mismo objeto que otorgue cualquier otra institución pública o privada.