SUCESOS

Cinco investigados por edificar en suelo rústico no urbanizable en San Pedro de Mérida

Este es el resultado de la Operación 'Insidias II', cuya investigación se inició cuando el Seprona de la Guardia Civil de Mérida y Badajoz, tuvieron conocimiento de la existencia de construcciones de edificaciones supuestamente no autorizadas en los extrarradios de esta localidad pacense

ondacero.es

Mérida | 31.05.2024 13:58

Agente del Seprona
Agente del Seprona | Guardia civil

La Guardia Civil ha instruido diligencias como investigados a cinco personas como presuntos autores de un delito sobre la Ordenación del Territorio y el Urbanismo, por la parcelación urbanística y edificaciones no autorizadas en los extrarradios de la localidad pacense de San Pedro de Mérida.

Este es el resultado de la Operación 'Insidias II', cuya investigación se inició cuando el Seprona de la Guardia Civil de Mérida y Badajoz, tuvieron conocimiento de la existencia de construcciones de edificaciones supuestamente no autorizadas en los extrarradios de esta localidad pacense.

Con las inspecciones llevadas a cabo en la zona, se pudo corroborar las condiciones ilegales llevadas a cabo en obras de infraestructuras para urbanización en la parcelación, tales como división perimetral con vallado, red de suministro de agua potable y obras de un camino o vial de acceso a las parcelas constituidas, así como edificaciones aún en construcción en un terreno incluido como suelo rústico, no urbanizable.

Una vez recabada información en el Ayuntamiento de San Pedro de Mérida y en la oficina de gestión urbanística y del territorio, vivienda y arquitectura de la Mancomunidad Integral de Municipios Centro, se pudo comprobar que el terreno donde se había llevado a cabo tanto la parcelación urbanística, como la construcción de cuatro edificaciones, estaba incluido como suelo rústico, no urbanizable común.

Así mismo, también estará prohibida la parcelación urbanística en suelo rústico, según lo dispuesto por la Ley 11/2018 de Ordenación del Territorio y el Urbanismo Sostenible (LOTUS) en la C.A. de Extremadura, por lo que se considera que no sería autorizable.

En la investigación se pudo averiguar la identidad de la persona que tomo la iniciativa como promotor principal, un vecino de San Pedro de Mérida, que adquirió una parcela catastral de unas dos hectáreas de plantación de olivo, eliminó dicho cultivo para adecuar el terreno en su futura urbanización, dividiéndolo en diez sub-parcelas, a las cuales dotó de canalización de agua potable y camino de acceso, procediendo a la venta de algunas de ellas a otras personas vecinas de la misma localidad o proximidades.

Tanto el citado promotor, como otros tres propietarios, promovieron a su vez las obras de construcción de cuatro edificaciones con posible destino a casas de campo y asueto, careciendo de licencia de obras, según relata la Guardia Civil en nota de prensa.

Con la identificación del promotor, constructor y propietarios responsables del ilícito, se les instruyo diligencias como investigados por un presunto delito sobre la Ordenación del Territorio y el Urbanismo del vigente Código Penal, que les implica como autores tanto a los promotores, como a los constructores y los técnicos directores que lleven a cabo obras de urbanización, construcción o edificación no autorizables en suelo no urbanizable, como pueden ser las de este caso.

Así mismo, establece que la autoridad judicial, podrá ordenar a cargo del autor de los hechos, la demolición de la obra y la reposición a su estado originario de la realidad física alterada, sin perjuicio de las indemnizaciones debidas a terceros de que hubiesen actuado de buena fe.

Ante este caso, el Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil, recomienda que antes de adquirir parcelas rústicas a precios económicos o supuestas condiciones atrayentes, se debe obtener información acerca de los planes de urbanización de los respectivos municipios, obrantes en cada Ayuntamiento y, por supuesto, obtener de forma previa a las obras que se pretendan llevar a cabo las oportunas licencias urbanísticas de obras emitidas por cada Alcaldía.