TRIBUNALES

La Audiencia de Badajoz confirma la condena por delito electoral del socialista Antonio Garrote

Los hechos probados se remontan al año 2019, cuando terminada la campaña electoral de las elecciones locales de 2019, Garrote, que era candidato del PSOE a la alcaldía de Monesterio, compartió en tres ocasiones propaganda electoral en la jornada de reflexión.

Redacción

Extremadura |

justicia
justicia | -

La Audiencia Provincial de Badajoz ha confirmado la condena por delito electoral cometido por el actual diputado del PSOE en la Asamblea de Extremadura Antonio Garrote Ledesma.

En una sentencia del pasado 15 de julio, la Sección Primera de la Audiencia Provincial ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por Garrote y confirma la sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 de Badajoz del pasado 14 de febrero.

Los hechos probados se remontan al año 2019, cuando terminada la campaña electoral de las elecciones locales de 2019, Garrote, que era candidato del PSOE a la alcaldía de Monesterio (Badajoz), compartió en tres ocasiones propaganda electoral en la jornada de reflexión.

Así, y según declara la Audiencia Provincial, "el acto de persuadir para votar a favor de un candidato (como se hizo por el acusado), es de propaganda electoral, e integra el tipo del artículo 144.1 a) de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General" y que "existe un número al menos de tres actos en ese día de reflexión como menciona la sentencia, y los hechos son suficientemente graves como para integrar el tipo".

La Audiencia confirma la condena a 15 meses de multa a diez euros diarios (4.500 euros) y al pago de las costas de la acusación popular en la primera instancia, según ha informado en nota de prensa la Asociación Bien Común de Monesterio.

El proceso culmina tras una querella criminal interpuesta, a título particular y como elector del municipio de Monesterio, por Jerónimo Pérez, que a su vez es presidente de la Asociación Bien Común de Monesterio, y que se constituyó en acusación popular.