La Comisión Europea ha dado la razón al Fondo para la Defensa del Patrimonio Natural y Cultural de Extremadura (FONDENEX), en el sentido de que no se puede aprobar un decreto de prevención de incendios en el Parque Nacional de Monfragüe sin una evaluación de impacto ambiental previa, según ha informado este colectivo.
Casi al mismo tiempo, un Juzgado de Mérida ha ordenado incoar diligencias previas sobre el tema, ha señalado FONDENEX este sábado en un comunicado.
FONDENEX ha denunciado ante la Comisión Europea, ante la UNESCO, ante el Organismo Autónomo de Parques Nacionales y ante los tribunales de justicia ordinarios el proyecto que la Junta de Extremadura quiere llevar a cabo para la prevención de incendios en ese parque nacional y reserva de la biosfera.
Ha explicado que hay un acuerdo general en que es necesario realizar planes preventivos para evitar fuegos en los bosques, "pero lo que no es de recibo es que las acciones preventivas puedan tener efectos más devastadores que los propios incendios, y eso es lo que puede pasar en Monfragüe", según esta asociación.
A su juicio, el plan de la Consejería de Gestión Forestal se resume en realizar numerosos cortafuegos y caminos por las zonas mejor conservadas y valiosas del parque, talar miles de encinas, alcornoques, quejigos, madroños, etc…"y, para colmo, realizar todos estos trabajos entre enero y mayo, precisamente cuando todas las aves, entre ellas el águila imperial ibérica, el buitre negro y la cigüeña negra, están en pleno periodo de reproducción.
El pasado 29 de enero, el director de Biodiversidad de la Dirección General de Medio Ambiente de la Comisión Europea ha contestado a FONDENEX.
A su juicio, el escrito "no tiene desperdicio y contradice el plan que el Gobierno extremeño quiere desarrollar".
Según al alto funcionario de la CE, "como bien sabe, el apartado 3 del artículo 6 de la Directiva 92/43/CEE (Directiva Hábitats) exige que todo plan o proyecto que no esté directamente relacionado con la gestión del lugar o no sea necesario para la misma, pero que pueda tener repercusiones importantes, se someta a una evaluación adecuada de sus repercusiones. Dicho plan o proyecto sólo podrá aprobarse tras haberse asegurado de que no causará perjuicio a la integridad del lugar de que se trate y, en su caso, tras haber sometido a información pública".
FONDENEX ha recordado que el plan de la Junta ni ha sido sometido a evaluación de impacto ni ha sido sometido a información pública.
El director de Biodiversidad de la Comisión Europea también ha indicado que "Monfragüe, como zona protegida emblemática de rango internacional…requiere un enfoque cuidadoso para garantizar la conservación de sus valores naturales únicos".
Y especifica, según la asociación, que "en este contexto tomamos nota especialmente del hecho de que el Plan de Gestión del Área de Monfragüe, que aglutina la ordenación de los lugares Natura 2000 en la zona, establece claras limitaciones en lo que se refiere a nuevas pistas forestales y cortafuegos en varias áreas"
Además, deja muy claro, según FONDENEX, que hasta el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha confirmado que la realización de cortafuegos y caminos en áreas protegidas como las ZEC (Zonas de Especial Conservación) y ZEPA (Zonas de Especial Protección para las Aves), y Monfragüe es ambas, "deben someterse a una evaluación adecuada de sus repercusiones para el lugar".