La Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha desestimado el recurso interpuesto contra la moción de censura presentada contra la alcaldesa de Alburquerque (Badajoz) el 10 de mayo de 2022, y ha señalado que "no hay ningún motivo" para su nulidad.
De esta forma, la Sala confirma la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Badajoz y señala que no hubo "irregularidades" en la actuación de la Secretaría General de la Corporación Local como aluden los apelantes.
Los apelantes señalaban que había habido "irregularidades" por parte de esta Secretaría que llevaban a la nulidad de la moción de censura, en cambio el TSJEx indica que dicha Secretaría General "cumplió con los requisitos del artículo 197 de la LOREG" y que la "mínima diferencia" horaria entre los registros no motiva la nulidad de las actuaciones.
La sentencia que desestima íntegramente el recurso no es firme y puede ser recurrido en casación ante el Tribunal Supremo, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en nota de prensa.