La sentencia estima parcialmente los argumentos de la denunciante y considera acreditado que el ruido que padeció esta mujer y sus hijos de uno y dos años, tuvo carácter persistente ya que duró dos meses sufriendo un ruido que excedía los límites de lo permitido.
Esta familia vive en un edificio situado a escasos metros del mercado navideño y de la noria que instala cada año el Ayuntamiento de Vigo.
La sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del alto tribunal gallego ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la vecina de la calle Areal contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Vigo que desestimó la demanda que presentó contra el Ayuntamiento por el ruido provocado por el mercado temático de Navidad y el parque de atracciones situados en las inmediaciones de su domicilio entre el 20 de noviembre de 2022 y el 16 de enero de 2023. La mujer solicitaba una indemnización de 1.640 euros, equivalente al precio de arrendamiento de una vivienda de iguales características y situación durante ese periodo, pero el TSXG la ha fijado en 600 euros.
En la sentencia se señala que la autoridad municipal se mantuvo inactiva al respecto de la contaminación acústica que se estaba produciendo. El TSXG recuerda que “existe un deber de los poderes públicos de garantizarnos el disfrute de nuestro descanso y tranquilidad mínima, según las circunstancias, no debiendo caber duda al ente local de que el interés jurídico que ha de resultar prevalente, el más digno de protección, es el derecho de los ciudadanos a la no recepción de ruidos molestos, en cuanto expresión de calidad de vida digna”. La sentencia no es firme, pues cabe presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
La decisión judicial se refiere a la Navidad 2022-2023, distintos colectivos esperan nuevas sentencias referidas a las denuncias que presentaron también por la última Navidad.