El presidente de la Federación Vasca del Taxi ,Borja Mussons, en declaraciones a Onda Cero Euskadi ,ha sido contundente recurrirán la sentencia del TSJPV al considerarla "errónea y anacrónica" por lo respetar el debate, que esta misma semana se producía en el Congreso de los Diputados y en el Supremo, en el que hay una diferenciación clara en el tratamiento entre el servicio de VTC y el servicio de taxi. Un debate que habla de la obligatoriedad de los operadores del servicio a utilizar sistemas de precontratación, cuestión ésta obviada por el tribunal vasco .Para Mussons esta sentencia "está fuera de lugar"y están convencidos que su recurso saldrá adelante.
Por su parte, el consejero vasco de transportes, Iñaki Arriola, ha confirmado que está estudiando, a través de los servicios jurídicos ,la posibilidad de presentar un recurso de casación . El auto concede un plazo de 30 días a las partes afectadas para recurrir ante el Supremo , una fórmula que permitiría al ejecutivo vasco hacer valer el decreto sobre las condiciones de prestación del servicio de VTC vigente en Euskadi desde diciembre de 2019.
SENTENCIA
La resolución hecha pública este viernes sobre condiciones de prestación del servicio de arrendamiento de vehículos con conductor en Euskadi anula parte del decreto del Gobierno Vasco, en concreto sus artículos 2.2 y 2.5. Sobre el intervalo de 30 minutos, la sentencia del TSJPV argumenta que la mayoría de servicios de los UBER son de corta distancia y la decisión de usar el transporte por el viajero se decide de forma inmediata. El tribunal afirma que ese tiempo de espera sería un impedimento para el desarrollo del principio de libertad de empresa y que las posibilidades de acceso al mercado por parte de los VTC serían limitadísimas.
Por otra parte, los jueces vascos entienden que la geolocalización facilita la contratación, al conocer dónde se encuentra el vehículo más cercano y poder conocer el corte del servicio, pero la contratación ha de ser previa vía telemática y queda plenamente registrada en la aplicación del usuario y en los servicios informáticos de la empresa contratada.
Recordar que fue el 20 diciembre de 2019 cuando UBER BV interpuso el recurso contencioso-administrativo contra el decreto del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras del Gobierno Vasco sobre condiciones de prestación del servicio de alquiler de vehículos con conductor. Finalmente, sobre tres las argumentaciones empleadas por la empresa, el tribunal ha decidido estimar dos de ellas.