Lotería de navidad

Cómo declarar a Hacienda un décimo de la Lotería de Navidad compartido

A pocos días para el sorteo de Lotería de Navidad, todo el mundo ansía hacerse con el premio Gordo y no son pocos, los que comparten suerte con familia o amigos.

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Alicia Bernal

Madrid |

La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, durante su intervención en el acto conmemorativo.
La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, durante su intervención en un acto conmemorativo. | Francisco J. Olmo - Europa Press

Compartir décimos de la Lotería de Navidad es una tradición muy arraigada entre familias, amigos o compañeros de trabajo. En estas fechas, la generosidad nos impulsa a querer repartir la suerte con nuestros seres queridos. De hecho, tres de cada cuatro compradores de Lotería de Navidad optan por compartir sus décimos o adquirir participaciones en comercios de barrio, peñas y otras agrupaciones. Sin embargo, si uno ha sido agraciado, para evitar problemas con el fisco, es importante tomar ciertas precauciones.

El décimo como documento al portador

Es fundamental recordar que el décimo es un documento al portador, lo que significa que el premio corresponde a quien posea el décimo original. Por ello, cuando se comparte, es recomendable realizar una fotocopia del boleto y entregarla a cada participante. En esta copia, se debe incluir:

  • Nombre y DNI de la persona que conserva el décimo original.
  • Cantidad que juega cada participante.
  • Firma de los involucrados para confirmar el acuerdo.

Una alternativa más rápida y también válida es enviar una fotografía del décimo por WhatsApp o correo electrónico. En el mensaje deben figurar los mismos datos mencionados: la identidad del depositario del décimo, la de los participantes y las cantidades jugadas por cada uno.

Décimos comprados online

Si el décimo se adquiere de manera online, el resguardo electrónico tiene la misma validez que el boleto en papel. Este resguardo también se puede reenviar a los participantes, incluyendo los datos de participación de cada uno.

¿Qué hacer si ha resultado premiado?

Si la suerte nos favorece y ganamos, es importante actuar con prudencia al gestionar el cobro del premio. Los premios de la Lotería de Navidad están sujetos a impuestos, y es esencial identificar correctamente a los ganadores para evitar conflictos con Hacienda.

Premios menores

Si el premio es inferior a 2.000 euros, se puede cobrar en cualquier administración de lotería y repartirlo posteriormente entre los participantes. Esa cantidad está exenta de pago a Hacienda.

Premios mayores

En el caso de los premios superiores a dos mil euros, se debe acudir a una entidad bancaria colaboradora de Loterías y Apuestas del Estado. Las dos únicas autorizadas para el pago de premios son Caixabank y BBVA.

El ganador debe identificarse y especificar su porcentaje de participación en el premio. De este modo, el banco abonará las cantidades correspondientes a cada ganador, descontando previamente los impuestos aplicables.

Los primeros 40.000 euros del premio están exentos de tributación, con lo que no tendrá que pagarse nada. Lo que exceda de esta cantidad tiene un gravamen del 20%

Evitar problemas fiscales

Si una sola persona cobra el premio completo y luego lo reparte, Hacienda podría considerar este acto como una donación, lo que implicaría el pago del Impuesto de Donaciones. Para evitar esta situación, es más recomendable que todos los ganadores acudan juntos a cobrar el premio. Este procedimiento acredita que el premio es compartido y minimiza riesgos fiscales.