El Consejo de Ministros aprueba este martes, 18 de enero, el bono joven al alquiler que dará unas ayudas a los jóvenes de 250 euros, tal y como anunció durante la jornada anterior el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.
El objetivo del Gobierno es favorecer la emancipación de los jóvenes, ayudándoles en el alquiler de las viviendas, a la vez que facilitar el arrendamiento a los propietarios. El Gobierno ha dispuesto para este bono una partida de 200 millones de euros en los Presupuestos Generales del Estado.
¿Quiénes podrán solicitar el bono joven al alquiler?
Los jóvenes de entre los 18 y los 35 años que paguen por los alquileres de sus casas 300 euros o, en zonas donde los arrendamientos sean más caros, como Madrid u otros núcleos urbanos, de hasta 450 euros, pueden solicitar estas ayudas de 250 euros ofrecidas por el Gobierno de Pedro Sánchez.
Además, las personas que soliciten este bono deben tener unos ingresos anuales que no superen tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), es decir de 24.318,84 euros.
Aunque para no afectar a la movilidad laboral el Ejecutivo también tendrá en cuenta los siguientes supuestos:
- Que el joven preceptor de esta ayuda se cambie de provincia.
- Que el joven preceptor de esta ayuda se cambie de comunidad autónoma.
En esta situación, el Gobierno ha facilitado los trámites que debe rellenar el preceptor para poder seguir recibiendo esta ayuda de 250 euros. Además, flexibilizarán las condiciones, permitiendo acogerse a esta prestación con unos ingresos que superen hasta cuatro veces el IPREM, 32.425,12 euros anuales.
¿Cuándo entrará en vigor el bono joven al alquiler?
El bono joven al alquiler aprobado por el Gobierno tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero de este 2022.
¿Este bono es compatible con otras ayudas al alquiler?
Aunque en principio este bono no sería compatible con otros programas autonómicos u otras ayudas al alquiler, sí que permite cuatro situaciones:
- Se pueden cobrar estos 250 euros del bono joven de ayuda al alquiler a la vez que otras prestaciones no contributivas de la Seguridad Social.
- Se puede percibir este bono a la vez que el ingreso mínimo vital (IMV).
- Se puede cobrar esta ayuda a la vez que las de las comunidades destinadas a los inquilinos especialmente vulnerables.