El Gobierno ha acordado esta semana con los grupos parlamentarios incluir un complemento en el proyecto de reforma del sistema público de pensiones para aquellos, que habiendo cotizado 40 años y se hayan visto obligados o forzados a adelantar su jubilación y que perciban una paga mensual inferior a 900 euros.
Se trata de una medida incluida en el pliego de enmiendas que se han aprobado este lunes en Comisión, y que después tendrá que pasar el visto bueno definitivo en el Pleno del Congreso. Esta medida ha sido acordada por el PSOE y Unidas Podemos con ERC, EH Bildu, Más País, el PDeCAT, Coalición Canaria, BNG y la CUP.
Requisitos para obtener el nuevo complemento de dinero para las pensiones
Según el documento que recoge las enmiendas aprobadas, el complemento económico está dirigido para quienes hayan accedido a la jubilación de forma anticipada entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2021 en determinados supuestos de largo periodo de cotización y, em su caso, baja cuantía.
1. Las personas beneficiarias de pensión de jubilación anticipada de forma involuntaria como máximo cuatro años antes de alcanzar la edad ordinaria de jubilación, tendrán derecho, con efecto de 1 de marzo de 2022, a un complemento cuya cuantía vendrá determinada por la diferencia entre la cuantía resultante de aplicar a la pensión inicial los coeficientes reductores previstos en esta norma y la pensión inicialmente reconocida, siempre que reúnan los siguientes requisitos:
- Que acrediten al menos cuarenta y cuatro años y seis meses de cotización, o bien, si la cuantía de su pensión es inferior a 900 euros el 1 de enero de 2022, al menos cuarenta años de cotización.
- Que la cuantía de la cotización inicial hubiera sido superior si se le hubiere aplicado los coeficientes reductores vigentes a 1 de enero de2022.
2. Lo dispuesto en el apartado anterior será de aplicación a las personas beneficiarias de pensión de jubilación causada entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2021, que hayan accedido a la pensión de jubilación anticipada de forma voluntaria como máximo dos años antes de alcanzar la edad ordinaria de jubilación y reúnan los requisitos establecidos en el citado apartado anterior.
3. El importe correspondiente, que se abonara en 14 pagas, tendrá la naturaleza de pensión de jubilación y se integrará en la misma a todos los efectos, incluida la aplicación del límite al que se refiere el artículo 57 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social y sin perjuicio, en su caso, de la absorción del complemento por mínimos que se viniera percibiendo.
Cuando se trate de pensiones reconocidas al amparo de normas internacionales, para fijar el importe del incremento mensual serán de aplicación las reglas establecidas en dichas normas sobre determinación y cálculo de la cuantía de las pensiones.
4. La Entidad Gestora reconocerá de oficio el derecho al complemento regulado en la presente disposición en el plazo de tres meses contados a partir de la entrada en vigor de esta Ley, de acuerdo con la información contenida en la base de datos de prestaciones de la Seguridad Social y en el fichero general de afiliación, que acreditarán, respectivamente, la clase de jubilación anticipada causada y los años de cotización cumplidos.
¿Cuánta gente se beneficiará con este complemento económico a la pensión?
Según denuncia la Asociación de Jubilación Anticipada sin Penalizar con 40 años o más cotizados (Asjubi40) serán muy pocos los pensionistas que recibirán un complemento con la introducción de las nuevas tablas de coeficientes reductores.
Estos son los jubilados beneficiados
Con esas nuevas condiciones, los jubilados con 44,5 años cotizados o con 40 años y pensiones por debajo de los 900 euros, recibirían un complemento con la actualización de los coeficientes. Sin embargo, desde Asjubi40 insisten en que "en la mayoría de los casos (...) no van a recibir complemento alguno", ya que quedan fuera los jubilados anticipados con más de 40 años cotizados cuya pensión se sitúe por encima de los 900 euros y también aquellos que cumplan las condiciones pero cobren la pensión máxima.
Los jubilados con 44,5 años cotizados o con 40 años y pensiones por debajo de los 900 euros son los que podrán recibir este complemento
Además, solo la recibirán aquellas personas que se hayan jubilado de forma anticipada entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2021. Según las estimaciones, de 20.000 a 40.000 personas pueden acreditar al menos cuarenta y cuatro años y seis meses de cotización. Recordemos que el total de personas que reciben algún tipo de pensión pública en España según las cifras que aparecen en la web de la Seguridad Social y que hacen referencia a los datos de octubre de 2021, es de 9.881.206 personas, siendo 6.190.182 los que perciben una pensión de jubilación.
Según las estimaciones, de 20.000 a 40.000 de pensionistas serían las que se podrían beneficiar de este complemento
Desde esta asociación recuerdan que las personas que optaron por la jubilación anticipada recurrieron a ella porque se encontraron fuera del mercado laboral pasados los 50 años, sin posibilidad de reincorporarse al mercado laboral, sin ingresos o dependiendo de subsidios por desempleo.
Asjubi40 cree que el tratamiento de las jubilaciones anticipadas con largas carreras recogido en el proyecto es "tramposo", por lo que exige al Gobierno que informe del número de beneficiarios de ese complemento para las largas carreras de cotización, así como de los importes de las percepciones.
Cuándo entra en vigor el nuevo complemento para las pensiones
Esta medida, incluida en el pliego de enmiendas aprobadas este en la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Congreso de los Diputados, tendrá que someterse a un último debate en el Pleno del Congreso, que tendrá la última palabra sobre la reforma de las pensiones y las enmiendas que queden vivas.