IVA 2024

Así quedan los nuevos tipos de IVA: la tabla con los productos más caros y más baratos

ondacero.es

Madrid | 01.10.2024 11:15

Lineales de aceite de oliva en un supermercado./ Europa Press
Lineales de aceite de oliva en un supermercado. | Europa Press

La cesta de la compra se encarece desde este martes. Con la llegada de octubre, los alimentos básicos dejan de contar con la supresión de IVA, una decisión que el Gobierno aprobó dentro del paquete de medidas para afrontar las consecuencias económicas de la guerra en Ucrania, concretamente para contener la inflación y ayudar a los consumidores más vulnerables.

Así, los alimentos básicos con 0% de IVA pasan a tener un 2 % hasta el 31 de diciembre, y desde el 1 de enero se les aplicará el tipo superreducido del 4 %, como estaba antes de la supresión temporal de ese impuesto en enero de 2023.

En el caso del aceite de oliva, este producto cuenta desde este martes con un gravamen del 2% y a partir de enero de 2025 se incluirá en la lista de alimentos básicos con tipo superreducido con un 4% de IVA (en lugar del 10% que tenían antes de la rebaja de 2023).

Por otro lado, los productos que contaban con la reducción de IVA al 5% (pastas y aceites de semillas) desde este martes recuperan el tipo anterior del 7,5% .

En el siguiente listado se detallan todos los tipos de IVA aplicables a diversos productos y servicios en España en 2024, según la información proporcionada por la Agencia Tributaria.

Los tres tipos de IVA

Existen tres tipos de IVA aplicados a diferentes productos y servicios:

1. Tipo normal o general del 21%: El IVA aplicado a la mayoría de los bienes y servicios.

2. Tipo reducido: Con un gravamen del 10%, este tipo se aplica a bienes y servicios específicos como el transporte o la alimentación.

3. Tipo superreducido del IVA: El gravamen es del 4% y se aplica los productos y alimentos de primera necesidad: pan, leche, cereales, quesos, libros o medicamentos...

IVA de cada producto en 2024

El IVA aplicado a productos y servicios en 2024 queda de la siguiente forma, según datos de la Agencia Tributaria:

Tipo General IVA (21%)

Tabaco y bebidas alcohólicas

Bebidas refrescantes, zumos y gaseosas con azúcares o edulcorantes añadidos

Sustancias medicinales y principios activos utilizados en la obtención de medicamentos para uso animal

Equipos médicos no diseñados para uso exclusivo de personas con deficiencias

Resto de equipos médicos, aparatos y productos sanitarios

Cosméticos y productos de higiene personal (excepto compresas, tampones, protegeslips y preservativos)

Locales de negocio

Edificaciones destinadas a su demolición

Entregas de bienes relacionadas con su actividad por empresas funerarias

Entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de gas natural.

Entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de briquetas y pellets procedentes de la biomasa y madera para leña (a partir del 01.07.2024, antes un 10%).

Servicios de asistencia sanitaria, dental y curas termales no exentos

Servicios de peluquería

Suministro y recepción de servicios de radiodifusión y televisión digital

Servicios de limpieza de alcantarillados públicos y desratización

Servicios funerarios y cementerios (no incluye flores y coronas)

Servicios prestados a personas físicas que practiquen deporte

Espectáculos deportivos de carácter aficionado

Exposiciones y ferias de carácter comercial

Suministro eléctrico, gas natural y combustibles naturales:

  • Contratos de electricidad de potencia no superior a 10kw y precio mayorista del mes anterior superior a 45€/MWh: Desde el 1 de enero de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2024 tributan al 5%. Desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024 es el 7,5%.
  • Contratos de electricidad cuyos titulares sean perceptores del bono social con condición de vulnerable severo: Desde el 01.01.2024 hasta el 31.12.2024 tributan al 10%.
  • Entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de gas natural: Desde el 01.01.2024 hasta el 31.03.2024 tributan al 10%. A partir del 01.04.2024 es el 21%.
  • Entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de briquetas y pellets procedentes de la biomasa y madera para leña: Desde el 01.01.2024 hasta el 30.06.2024 tributan al 10%. A partir del 01.07.2024 es el 21%.

Tipos reducidos IVA (10%)

Productos utilizados para la nutrición humana o animal:

  • Aceites de semillas y pastas: Desde el 1 de enero de 2023 tributan al 5% y desde este martes 1 de octubre cuentan con un gravamen del 7,5%
  • Aceite de oliva: Desde el 1 de enero de 2023 sin IVA, y a partir de este 1 de octubre tributa al 2% hasta el 31 de diciembre de 2024; después al 4%

Animales, vegetales y productos destinados a la obtención de alimentos

Bienes utilizados en actividades agrícolas, forestales o ganaderas

Aguas aptas para consumo humano o animal o para riego

Medicamentos para uso animal

Productos farmacéuticos de uso directo por el consumidor final (guatas, gasas, vendas, etc.)

Equipos médicos para personas con deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales

Mascarillas quirúrgicas y productos sanitarios para diagnóstico in vitro del SARS-CoV-2

Viviendas, garajes (máximo 2 unidades) y anexos transmitidos conjuntamente con la vivienda

Semillas, bulbos, esquejes y otros productos vegetales para la obtención de flores y plantas vivas

Flores y plantas vivas de carácter ornamental

Servicios de transporte de viajeros y sus equipajes

Servicios de hostelería, acampamento, balneario, restaurantes y suministros de comidas y bebidas

Servicios prestados por intérpretes, artistas, directores y técnicos

Servicios de limpieza de vías públicas, parques y jardines

Servicios de recogida, almacenamiento, transporte, valorización o eliminación de residuos

Entrada a teatros, conciertos, circos, festejos taurinos y demás espectáculos culturales en vivo

Entrada a zoológicos, salas cinematográficas, exposiciones, parques de atracciones y ferias

Entrada a bibliotecas, archivos, centros de documentación y museos

Asistencia social no exenta

Ejecuciones de obra sobre edificaciones destinadas principalmente a viviendas

Ventas con instalación de armarios de cocina, baño y empotrados

Tipos superreducidos IVA (4%)

Pan común, harinas panificables, leche natural y derivados (A partir del 1 de enero de 2025, mientras IVA 2%)

Quesos, huevos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales (A partir del 1 de enero de 2025, mientras IVA 2%)

Libros, periódicos y revistas (no exclusivamente publicitarios)

Medicamentos de uso humano

Vehículos para personas con movilidad reducida y sillas de ruedas

Prótesis, órtesis e implantes internos para personas con discapacidad

Viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública

Compresas, tampones, protegeslips, preservativos y otros anticonceptivos no medicinales: Desde el 01.01.2023 tributan al 4%

Donativos de determinados bienes a entidades beneficiarias de mecenazgo destinados a sus fines de interés general (alimentos, ciertos artículos médicos, libros, suministro de agua, paneles solares): Desde el 10.04.2022 tributan al 0%

Servicios de reparación de vehículos para personas con movilidad reducida

Servicios de adaptación de autotaxis y vehículos para transportar personas con discapacidad

Servicios de teleasistencia, ayuda a domicilio, centros de día y atención residencial en plazas concertadas

Importaciones de objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.