En su auto, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 expone que ha terminado la instrucción de la pieza separada del 'caso Bankia' y que, de la misma tampoco se ha podido comprobar que los directivos de la caja extinta contra los que se dirigió la querella emitieran estas participaciones a sabiendas de que se trataba de un producto tóxico con el fin de engañar a los clientes.
Tampoco ha quedado acreditado, dice el juez instructor, ni por la vía testifical ni documental, que los comerciantes de las entidades recibieran instrucciones para comercializar el producto entre los inversores más inadecuados de manera que se contradijera lo recogido en los contratos.
Con todo, Andreu reconoce que se han podido producir "graves deficiencias" en la comercialización de este producto financiero y por ello abre la posibilidad a que los afectados por las preferentes recurran a las "oportunas acciones civiles o penales" para resarcir sus intereses.