Las personas con pensión no contributiva, es decir, aquellos que no tienen acceso a la pensión contributiva de jubilación por no haber cotizado o no hacerlo durante tiempo suficiente, tendrán derecho a un complemento para pagar su alquiler.
La pensión no contributiva asegura a los ciudadanos mayores de 65 en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médica y otros servicios sociales. A este se le añade una ayuda para las personas que viven en régimen de alquiler gracias a la que podrán acceder a un complemento de 525 euros al año que se abonará en un pago único.
Un pensionista no contributivo percibe este año una cuantía de 414,90 euros mensuales. Esto se traduce en 5,808,60 euros al año en 14 pagas. Una cifra que no permite costearse el alquiler a las personas que se encuentran en esta situación. Con la nueva ayuda podrán percibir 43,75 euros más al mes. La ayuda la podrá recibir únicamente una persona por hogar aunque haya dos o más con pensión no contributiva.
Requisitos para cobrar las ayudas al alquiler para complementar la pensión
El Imserso es e organismo que gestiona las pensiones no contributivas y ha publicado las condiciones para acceder a la ayuda al alquiler:
- Tener reconocida una pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, en la fecha de la solicitud y en la de resolución. Carecer de vivienda en propiedad que se acredita mediante el certificado catastral telemático.
- Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda. Para demostrarlo hay que presentar una fotocopia compulsada del contrato de arrendamiento. Si el arrendamiento no está formalizado por escrito se acreditará cualquier medio de prueba válido en derecho.
- No tener con el arrendador de la vivienda alquilada relación conyugal o de parentesco hasta el tercer grado ni constituir con aquél una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal. Para acreditarlo se presenta una declaración responsable del pensionista.
- Tener fijada su residencia, como domicilio habitual, en una vivienda alquilada. Se entenderá que es el domicilio habitual cuando la vigencia del arrendamiento no sea inferior a un año y haya residido en la misma durante un período mínimo de 180 días anteriores a la fecha de la solicitud que se acredita con la información del padrón municipal.
Cantidad de la ayuda al alquiler como complemento a las pensiones
La ayuda se percibirá en un único pago antes del 31 de diciembre del mismo año. Si no se recibe en la fecha indicada, se hará efectivo dentro del primer semestre siguiente a la fecha establecida. Un pensionista no contributivo percibe este año una cuantía de 414,90 euros mensuales. Esto se traduce en 5,808,60 euros al año en 14 pagas. Con la nueva ayuda podrán percibir 43,75 euros más al mes llegando a los 525 al año.
Cómo solicitar la ayuda al alquiler para jubilados
Las personas interesadas podrán dirigir la solicitud de este complemento a los órganos competentes de las respectivas Comunidades Autónomas, Diputaciones Forales del País Vasco y Navarra, y Direcciones Territoriales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales de Ceuta y Melilla, que tienen atribuida la competencia para la gestión de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social.