La aprobación de la nueva subida del salario mínimo interprofesional (SMI) hasta los 1.184 euros mensuales en 14 pagas ha estado marcada por un nuevo choque en el seno del Gobierno de coalición. El Ministerio de Hacienda ha decido que, finalmente, el SMI tribute el IRPF, mientras que el Ministerio de Trabajo se opone a la medida.
En España esta situación es excepcional, ya que en las anteriores ocasiones que se ha incrementado el SMI, siempre se ha ajustado el mínimo exento de tributar el IRPF.
Sin embargo, en Europa es la norma. La mayoría de los países de la Unión Europea (UE) que cuentan con salario mínimo no eximen a sus perceptores de pagar el impuesto sobre la renta, según el último informe de la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo (Eurofound), una agencia tripartita de la UE.
16 países de la UE tributan por el SMI
De los 27 socios comunitarios, cinco -Austria, Dinamarca, Finlandia, Italia y Suecia- no disponen de un salario mínimo y las retribuciones de los trabajadores dependen exclusivamente de la negociación colectiva. De los 22 países que sí lo tienen, 15 (16, a partir de ahora con España) no eximen de tributar a los perceptores del salario mínimo: Holanda, Estonia, Bélgica, Francia, Irlanda, Letonia, Eslovaquia, Croacia, Polonia, Bulgaria, Lituania, Alemania, Eslovenia, Hungría y Rumanía.
El informe de Eurofound, que recoge datos de 2023, asegura que, "en la práctica", seis países -República Checa, Malta, Luxemburgo, Chipre, Portugal y Grecia- no gravan a quienes cobran el salario mínimo, aunque no precisa si están exentos o si sus bajas retribuciones reducen al mínimo su tributación.
No obstante, la carga fiscal del salario mínimo difiere en cada país. Según el informe, en Holanda, Estonia y Croacia el porcentaje aplicado ronda el 1 %. En los cinco países de la UE que no cuentan con salario mínimo, los trabajadores que cobran la media de los diez empleos peor pagados sí tributan. En todos los países miembros, tanto en los que tienen salario mínimo como en los que no, los perceptores de los ingresos más bajos sí deben pagar algún tipo de seguro social equivalente a las cotizaciones a la Seguridad Social.