La nueva ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, se reunirá este lunes con los secretarios generales de CCOO y UGT, Unai Sordo y Pepe Álvarez, y los presidentes de CEOE y Cepyme, Antonio Garamendi y Gerardo Cuerva, en el que será su primer encuentro formal con los agentes sociales desde que asumió el cargo en sustitución de José Luis Escrivá.
Jubilación anticipada
La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha expresado su "firme de voluntad" de avanzar en las reformas aprobadas en la anterior legislatura y ha trasladado al diputado gallego que la aplicación de coeficientes reductores de la edad de jubilación debe enmarcarse dentro de la reforma de pensiones de 2021.
Saiz ha recordado que en el marco de dicha norma se está procediendo, dentro del diálogo social, a la adaptación del marco que regula el régimen jurídico y el procedimiento general para establecer coeficientes reductores por el anticipo de edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social.
Revisión del procedimiento de reconocimiento de coeficientes reductores
"Por tanto, en materia de jubilación anticipada por razón de la actividad, se está llevando a cabo una revisión del procedimiento de reconocimiento de coeficientes reductores", ha señalado la ministra.
Dentro de ese proceso de revisión, Saiz ha explicado que se modifica la legitimación a la hora de instar el inicio del procedimiento; se realiza una remisión a lo que reglamentariamente se determine respecto de los indicadores que acrediten la concurrencia de circunstancias objetivas que justifiquen la aplicación de coeficientes reductores; se crea una comisión encargada de evaluar la aprobación de estos coeficientes y se prevé el establecimiento de un procedimiento para la revisión de los coeficientes reductores cada diez años.
Saiz ha recordado a Rego que el Real Decreto de 1984 sobre reducción de la edad de jubilación de determinados grupos profesionales incluidos en el ámbito del Estatuto del Minero no incluye a los trabajadores del sector de la transformación de piedra y mármol, por lo que la norma de aplicación en su caso es el Real Decreto de 2011 por el que se regula el régimen jurídico y el procedimiento general para establecer coeficientes reductores y anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social.
"No existe posibilidad de hacer extensiva la aplicación de la asignación de coeficiente reductor para anticipar la edad de jubilación que tenga reconocido mediante Real Decreto un colectivo a otro colectivo que no esté incluido expresamente en su ámbito de aplicación", ha subrayado.
"La actuación de la Seguridad Social no es arbitraria, sino que tiene que estar fundada siempre en el cumplimiento de las normas vigentes", ha añadido Saiz, que ha recordado también al diputado gallego que la silicosis, cuando se deriva del trabajo, se protege como una enfermedad profesional con independencia de que la empresa esté o no encuadrada en el sector al que se aplican los coeficientes reductores.
Jubilación parcial
PSOE y Sumar incluyeron en su acuerdo para la constitución del nuevo Gobierno, diversas materias que afectan a la Seguridad Social y que formarán parte de las medidas a afrontar por el Ministerio de la Seguridad Social en esta legislatura.
Nueva regulación de la jubilación parcial y del contrato de relevo
Este acuerdo recoge que se llevará a cabo una nueva regulación de la jubilación parcial y del contrato de relevo que garantice la calidad en el empleo de los relevistas y que tenga en cuenta la mayor penosidad del desarrollo de ciertas actividades a partir de cierta edad, especialmente de la industria manufacturera.
PSOE y Sumar se han comprometido a seguir actualizando las pensiones con el IPC, a seguir aumentando las pensiones mínimas y no contributivas por encima de la revalorización de las pensiones contributivas, hasta alcanzar la media europea, y a seguir progresando en la eliminación de la brecha de género de las pensiones, incluyendo nuevos mecanismos para reducir dicha brecha.
Al mismo tiempo, y para el colectivo de autónomos, las partes se han comprometido a extender la posibilidad de aplicar la cuota reducida (tarifa plana) a la Seguridad Social en los periodos posteriores al inicio de la actividad en los que se produzcan caídas de sus ingresos por debajo del SMI, cuando declaren por estimación directa, todo ello sin pérdida de derechos de protección social.