Algunos bancos han empezado a cobrar comisiones por operaciones de retirada de dinero en las ventanillas de las sucursales. Esta nueva comisión está causando sorpresa entre los clientes aunque en una publicación del Portal del Cliente Bancario del Banco de España, el supervisor explica que estos recargos no son una práctica generalizada.
"Las comisiones por sacar dinero en cajeros de otras entidades sí son habituales, pero el pago por este servicio de ventanilla es una práctica novedosa que causa sorpresa en los clientes", señalan en la nota del Banco de España.
Puede suponer una traba para las personas mayores
Desde el Banco de España expresan su preocupación porque esta práctica puede llegar a suponer una traba para algunos sectores de la población, como, por ejemplo, las personas mayores o poco familiarizadas con las tecnologías. Aunque algunas entidades ya están aplicando esta comisión, el Banco de España ha establecido un criterio de buenas prácticas por el cual los bancos deben facilitar al menos un medio gratuito, accesible y seguro para que todos los colectivos puedan disponer de efectivo de su cuenta.
Además, se establece que no se cobre esta comisión cuando los titulares de las cuentas sean personas en especial situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión financiera.
¿Pueden cobrar estas comisiones los bancos?
Las entidades sí pueden obligar al usuario a abonar esta comisión por norma general. En algunos casos, los bancos pueden decidir las comisiones que cobran a sus clientes y según los requisitos, las entidades tienen libertad para establecer el precio de los servicios que prestan.
Por otro lado, la entidad tiene la obligación de comunicar, antes de cargar una comisión, las condiciones del servicio al que corresponde y el importe. Esta comunicación debe realizarse de forma clara y gratuita. Las entidades deben ofrecer el detalle de cada una de las comisiones de forma individual en el caso de los servicios relacionados con la cuenta corriente. Si se produce alguna modificación en las condiciones de estos recargos, el banco está obligado a informar de forma individualizada y con al menos dos meses de antelación de estas modificaciones
Recargos ilegales
Desde la OCU advierten que los clientes pueden exigir el reembolso si se aplica una comisión cuando la entidad no presta el servicio cobrado, si no se ha solicitado el servicio o se renunció a él.