EFECTOS DE LA DANA

¿Cómo responden los seguros a catástrofes naturales? El papel del Consorcio en la DANA de Valencia

Los seguros no siempre cubren los daños provocados por desastres naturales, clasificados como riesgos extraordinarios. Para estos casos, en España interviene el Consorcio de Compensación de Seguros, una entidad pública que protege a los asegurados ante catástrofes como la reciente DANA en Valencia. Sin embargo, la cobertura se ajusta al tipo de seguro contratado y, para quienes no estén asegurados, solo quedan las ayudas públicas.

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Madrid |

Coches amontonados por la DANA en Paiporta.
Coches amontonados por la DANA en Paiporta. | Matias Chiofalo / Europa Press

La vida está llena de riesgos y frente a ellos tenemos dos opciones: o los asumimos o los aseguramos. Así pues, todo aquel que tenga un seguro sabe que, al tenerlo, la compañía responderá ante determinados daños a cambio del pago de una prima.

Ahora bien, que el asegurador se haga cargo de ese coste, no implica que asuma cualquier daño, ni por cualquier cantidad.

El negocio del seguro

El contrato de un seguro se basa en una relación de equilibrio, por lo que ambas partes deberán acordar los riesgos que asumirá el asegurador y que determinarán, entre otros aspectos lo que uno paga.

Es por este motivo que algunos daños no acabarán cubriéndose por el seguro, bien porque deberíamos pagar más por ello, o bien porque directamente el asegurador no está dispuesto a asumirlos.

Este es el caso de la DANA de Valencia, el volcán de la Palma o el terremoto de Lorca.

Estas situaciones se conocen como riesgos extraordinarios y, por lo general, no quedan cubiertos por el seguro, lo que no significa que las víctimas queden en desamparo.

En los casos de riesgos extraordinarios, para cubrir aquellos bienes que las aseguradoras no están dispuestas a asumir interviene el Consorcio de Compensación de Seguros, una entidad pública que, además de cubrir los riesgos extraordinarios, cumple funciones en ámbitos como:

  • El seguro obligatorio de automóviles no aceptados por las compañías aseguradoras.

  • Los seguros agrarios combinados, que protegen a los agricultores ante siniestros climatológicos más allá de la asistencia de las Administraciones.

  • Cobertura de incendios forestales, daños medioambientales y accidentes nucleares.

La intervención del Consorcio

Para que el Consorcio actúe es necesario, básicamente, que se cumplan tres requisitos: que estemos ante una situación de riesgo extraordinario no cubierto, que tengamos un seguro y que estemos al día de su pago.

Por lo tanto, todos aquellos que tengan un seguro de hogar o de automóvil podrán ser indemnizados por esta entidad, pero con ciertos límites: sólo se indemnizará en los términos fijados en el seguro contratado. Así, por ejemplo, si se ha perdido el coche, sólo recibiremos su valor de mercado, no lo que nos costó.

Si se ha perdido la casa, tendremos que ver qué indemnización máxima nos hubiera dado nuestro seguro, y eso será lo que cobraremos.

Lo mismo ocurrirá con aquellos que tengan un seguro para su negocio, que podrán ser incluso indemnizados por las pérdidas económicas que sufran al tenerlos cerrados, o con los agricultores por sus cosechas y campos perdidos.

Por tanto, el Consorcio es quien afrontará esos daños, pero de acuerdo a lo que se estipulara en cada contrato de seguro.

Aquellos que no tuvieran un seguro deberán acudir a las ayudas públicas, ya que, como hemos visto, el Consorcio sólo interviene si existía previamente un contrato de seguro.

Los afectados en Valencia pueden dirigir su reclamación de indemnización directamente al Consorcio o a su agente de seguros o compañía. A partir de ese momento, son los peritos los que valoran los daños y determinan la cuantía de la indemnización.

A 10 días de la catástrofe, el Consorcio ha recibido más de 136 000 reclamaciones.

Aumenta el riesgo climático

Por desgracia, los desastres naturales son cada vez más habituales –y el cambio climático no hará más que incrementarlos– lo que, sin duda, afectará a los seguros y, en general, al erario público.

En primer lugar, porque las compañías que tal vez cubrían estos casos ya no lo harán o, si lo hacen, aumentarán sus precios.

En segundo lugar, por que cada vez son más los casos en los que interviene el Consorcio y éste se financia a través de los seguros que contratamos.

Y en tercer y último lugar, porque las compañías de seguros buscan la rentabilidad del negocio. En el momento en que un seguro deje de ser rentable, nada les impedirá dejar de ofrecerlo.

Esperemos que podamos aprender de esta situación que la prevención es siempre mejor que el mejor de los seguros.

Cristina Roy Pérez, Profesora agregada, Universitat de Barcelona

Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation. Lea el original.

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