Con la llegada del verano son muchos los españoles los que usan sus vehículos privados para desplazarse a las zonas de costa o montaña y disfrutar así de unos días de desconexión antes de tener que volver al trabajo.
¿Qué es el impuesto de circulación?
Según detalla la Dirección General de Tráfico (DGT) en su página web, "el Impuesto de Circulación de un vehículo también conocido como IVTM, Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, sello o viñeta" y asegura que se trata de "un impuesto obligatorio que se aplica sobre todos los vehículos a motor, permitiéndoles la circulación por las vías públicas de todo el país".
Datos a tener en cuenta sobre el impuesto de circulación:
- Se paga en el municipio dónde el vehículo tenga su dirección fiscal.
- El municipio del vehículo y en el que esté empadronado su titular deben ser el mismo.
- La cantidad a pagar por el impuesto varía en función municipio y pueden crear sus propias excepciones, como sería la antigüedad del vehículo.
- El titular del vehículo es el que debe abonar el impuesto.
¿Cómo saber si tengo pagado el impuesto de circulación
Para verificar si hemos pagado el impuesto de circulación de nuestro vehículo hay varias vías:
- Por Internet: mediante la web de la Dirección General de Tráfico o de la App miDGT. Se podrá acceder a través del DNIe/Certificado electrónico; acceso PIN 24 horas o con Cl@ve. Una vez hayamos accedido, únicamente hay que meter la matrícula del vehículo.
- Presencial: en la Jefatura de Tráfico más cercana, aunque hay que solicitar cita previa en el teléfono 060 o por internet. También se puede en el Ayuntamiento de residencia y online a través de su Oficina Virtual o Sede Electrónica.
- Revistando tus extractos bancarios.
¿Qué ocurre si no tengo el impuesto de circulación?
En el caso de ser parado por la policía y no tener en regla todos los papeles, incluido el impuesto de circulación, los agentes podrían sancionar al conductor.
Asimismo, si no se tiene el impuesto de circulación pagado, no se podrá vender el vehículo, ya que es necesario tener el recibo para poder traspasar el coche a otra persona, según informa la DGT.