El IRPF es un impuesto progresivo que se aumenta e incrementa con el nivel de ingresos y el porcentaje se aplica por franjas de ingreso, no sobre el total de la renta.
Los tramos se pueden conocer para que trabajadores por cuenta ajena como autónomos sepan a qué tramo pertenecen y así calcular cuánto impuesto deberán pagar. Conocer cuál es el tramo del IRPF que corresponde también ayuda a calcular cuánto será el sueldo neto descontando los impuestos obligatorios.
Las cifras del IRPF para 2024 podrían cambiar porque están sujetas a los Presupuestos Generales del Estado y los de 2024 aún no han sido aprobados, se han extendido automáticamente los de 2023 desde el 1 de enero.
Tramos del IRPF en 2024
- Desde 0 a 12.450 euros: 9,5% (Tipo estatal), 9,5% (Tipo autonómico), Total 19%.
- Desde 12.450 a 20.200 euros: 12% (Tipo estatal), 12% (Tipo autonómico), Total 24%.
- Desde 20.200 a 35.200 euros: 15% (Tipo estatal), 15% (Tipo autonómico), Total 30%.
- Desde 35.200 a 60.000 euros: 18,5% (Tipo estatal), 18,5% (Tipo autonómico), Total 37%.
- Desde 60.000 a 300.000 euros: 22,5% (Tipo estatal), 22,5% (Tipo autonómico), Total 45%.
- Más de 300.000 euros: 24,5% (Tipo estatal), 22,5% (Tipo autonómico), Total 47%.
Cómo afecta la subida del SMI al IRPF
El Ministerio de Hacienda ha sacado a información pública el borrador del real decreto que modificará el reglamento del impuesto del IRPF para adaptarlo a la futura subida del SMI, que pasará de 15.120 a 15.875 euros anuales en virtud del acuerdo que Ministerio de Trabajo y los sindicatos han sellado este miércoles.
Como había avanzado Hacienda, el borrador de decreto prevé eximir de practicar retenciones a los rendimientos del trabajo que no superen los 15.876 euros, un euro por encima del SMI, un umbral que se incrementa en función de la situación familiar del contribuyente y el número de hijos.
Así, un contribuyente cuyo cónyuge obtenga rentas inferiores a 1.500 euros y tenga al menos dos hijos estará exento de retenciones si sus rendimientos del trabajo no superan los 19.262 euros.
En la práctica, esto supondrá que el contribuyente no tendrá que pagar el IRPF, ya que no se le habrán practicado retenciones y no estará obligado a presentar declaración de la renta -esta obligación está en rentas de hasta 22.000 euros de un pagador o 15.000 euros de dos pagadores, pero el propio borrador avanza que se va a elevar-.
Al mismo tiempo, y con el objetivo de evitar un "error de salto" para contribuyentes que ganan algo más del SMI, Hacienda recoge en el borrador un incremento de las reducciones de las retenciones para rentas de hasta 21.000 euros brutos (19.747,5 euros netos).
Es decir, que a las rentas del trabajo comprendidas entre 15.876 euros y 19.747,5 euros netos se les practicarán menos retenciones de las que, en teoría, les corresponderían y menos de las que se aplican ahora, que ya están rebajadas.