Declaración de la Renta

¿Cuándo se puede hacer el borrador de la declaración de la Renta? Calendario, fechas clave y novedades en 2022

La campaña de la declaración de la Renta de 2021 está a punto de comenzar. Conoce aquí cuándo empieza, las fechas claves y todas las novedades de este año.

ondacero.es

Madrid | 15.03.2022 06:05

Vista de una delegación de Hacienda en Madrid, en una imagen de archivo. / Efe
Vista de una delegación de Hacienda en Madrid, en una imagen de archivo. | Agencia EFE

Con la próxima llegada del mes de abril, llega la campaña de la declaración de la Renta 2021/2022. La cita fiscal anual llega en otro periodo marcado por la pandemia o el volcán de La Palma, y con una serie de novedades a tener en cuenta.

La campaña comienza el próximo 6 de abril y concluye el 30 de junio de 2022, según el calendario dictado por la propia Agencia Tributaria, aunque con otras fechas para las diferentes modalidades -presencial y telefónica-.

¿Quién debe presentar la declaración de la Renta?

Según la normativa, deben presentar la declaración de la Renta aquellas personas que hayan percibido más de 22.000 euros en los 12 meses anteriores con un único pagador. Aquellos que cuenten con más de un pagador y cuya suma supere los 12.643 euros anuales también deben hacerla.

¿Cuándo comienza la declaración de la Renta? Calendario y días claves

Por internet

La campaña da comienzo el próximo 6 de abril, cuando se podrá realizar el trámite mediante internet si se dispone de certificado o DNI electrónico, Cl@ve Pin o número de referencia.

Por teléfono

Los usuarios podrán realizar la declaración de la Renta a través del teléfono. Así, desde el 3 de mayo al 29 de junio se debe pedir cita previa si se desea hacer la declaración en esta modalidad, una cita que se puede pedira través de este enlacey en estos números: 901 12 12 24 / 91 535 73 26 / 901 22 33 44 / 91 553 00 71.

Las citas duran 15 minutos y siempre se realizan en el horario de 9:00 a 20:30 horas. Cuando está registrado el turno, el usuario debe tener preparada la información necesaria para realizar la declaración en la llamada.

Presencial

La última modalidad es aquella en la que cualquier usuario puede presentar la declaración de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria. Ésta se puede realizar pidiendo cita previa desde el 29 de mayo.

Novedades de la campaña de la Renta

La campaña presentas varias novedades para este ejercicio fiscal, con cambio en los tramos del IRPF, planes de pensiones o criptomonedas, entre otros. Estas son las principales novedades.

Tramos del IRPF

A partir de ahora, habrá seis tramos del impuesto del IRPF, con un tipo de gravamen marginal nuevo para las rentas de más de 300.000 euros -asciende al 47%-. Así quedan los tramos:

  • Primer tramo hasta 12.450 euros: 19%.
  • Segundo tramo desde 12.450 euros hasta 20.200 euros: 24%.
  • Tercer tramo desde 20.200 euros hasta 35.200 euros: 30%.
  • Cuarto tramo desde 35.200 euros hasta 60.000 euros: 37%.
  • Quinto tramo desde 60.000 euros hasta 300.000 euros: 45%.
  • Sexto tramo, a partir de 300.000 euros: 47%.

Planes de pensiones

Se reducen las desgravaciones de los planes de pensiones privados individuales hasta un máximo de 2.000 euros, mientras que el de los planes de empresa se sitúa en 8.000 euros. Si se dispone de los dos, el límite de la reducción está en los 10.000 euros.

Impuesto sobre el Patrimonio

Aumenta un punto el impuesto sobre el Patrimonio, aunque solo para aquellos que superen los diez millones de euros. En este caso, pasa del 2,5% al 3,5%.

Rentas del ahorro

También se incluye un tramo nuevo para las rentas procedentes del ahorro (dividendos de acciones, depósitos a plazo fijo o inversiones en fondos). En este caso, el cuatro tramo afecta a las renta del ahorro que superan los 200.000 euros: a estos se les aplica el 26%.

Volcán de La Palma

Las personas afectadas por el volcán de La Palma, en Canarias, podrán contar con la exención del IRPF para la declaración de la Renta de esta campaña.

Criptomonedas

Se debe declarar las inversiones en criptomonedas cuando se obtiene un ingreso superior a los 1.000 euros sin importar si se ha obtenido en España o fuera de nuestro país.