Existe un límite a la hora de ingresar dinero en el banco. La cantidad la impone Hacienda, que intenta evitar delitos como el blanqueo de capitales o el fraude.
Así, en un momento en el que cada vez aumentan más los pagos telemáticos y descienden los ingresos en un cajero físico o una oficina bancaria, conviene conocer cuáles son los límites que fija la ley 10/2010 en cuanto al movimiento de dinero.
¿Cuánto dinero se puede ingresar en el banco sin justificar?
La Agencia Tributaria presta mayor atención a los movimientos realizados con dinero en efectivo, aunque hay determinadas cantidades por las que el banco debe informar a Hacienda en el caso de las transacciones o créditos.
En primer lugar, cabe decir que esto no suele ocurrir con cantidades pequeñas de dinero, salvo cuando se trate de ingresos recurrentes en cortos espacios de tiempo. En este caso, las entidades bancarias pueden avisar a la Agencia Tributaria para investigar estos movimientos.
Estos son los otros límites para ingresar dinero en el banco:
- Ingresos de 3.000 euros: si se ingresa más de dicha cantidad, Hacienda puede investigarlo.
- Ingresos con billetes de 500 euros: Hacienda vigila el movimiento de estos billetes debido a su rareza y que suelen estar relacionados con distintas actividades delictivas.
- Transacciones de más de 10.000 euros (transferencias o movimientos en efectivo) y créditos de más de 6.000 euros.
En el caso de que se haya realizado un ingreso de más de 10.000 euros, es obligatorio informar de este movimiento en la declaración de la Renta.
El límite permitido para retirar dinero de un cajero
Por otro lado, Hacienda permite una retirada máxima de 3.000 euros del cajero automático. Aunque el límite establecido sea de 3.000 euros, una vez que se haya sacado más de 1.000 euros, el usuario podría recibir una llamada del banco, según la entidad correspondiente, para justificar dicha retirada de dinero.
Para poder retirar una cantidad superior a los 3.000 euros habrá que proporcionar un justificante que se puede obtener dentro de la oficina bancaria, que automáticamente notificará el movimiento al Banco de España y a la Agencia Tributaria.