El pasado 6 de abril comenzó la campaña de la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio económico de 2021 con la apertura del plazo para la presentación de declaraciones a través de internet.
Aquellos que consulten su borrador de la declaración verán en la última casilla un resultado: positivo o negativo. Y es que si este sale positivo, el contribuyente deberá pagar a Hacienda, aunque podrá domiciliar el pago y si lo desea, fraccionarlo en dos pagos: un primero del 60% en el momento de presentar la declaración y un segundo, del 40%, en el mes de noviembre.
Sin embargo, si el resultado sale negativo, significa que será el organismo público el que tenga que realizar una devolución fiscal.
Según los datos de la Agencia Tributaria del pasado ejercicio recogidos por 'El Economista', "14,1 millones de las 21,7 millones de declaraciones que se presentaron salieron con resultado a devolver".
El plazo de Hacienda para devolver el dinero
Cuando la declaración del contribuyente sale a devolver, la Agencia Tributaria tendrá que pagar "dentro de los seis meses siguientes al término del plazo establecido para la presentación de la declaración".
Cabe destacar que en el caso de que la presentación se haga fuera de plazo, esos seis meses empiezan a contar desde el día de la presentación.
Este 2022 el plazo para presentar la declaración de la renta termina el 30 de junio, por lo que Hacienda tendrá hasta el 31 de diciembre para poder devolver el dinero a los contribuyentes. No obstante, en muchas ocasiones el organismo hace el ingreso en la cuenta del contribuyente solo unos días después de que el trabajador presente su declaración.
¿Qué pasa si Hacienda no paga?
Hay ocasiones en que Hacienda se retrasa en pagar más allá de los seis meses, ya sea por un retraso en la revisión de las declaraciones o por haber notificado algún error en la declaración.
Ante estas situaciones, la Ley del IRPF establece que, en el caso de que la causa del retraso no sea imputable al contribuyente, se le tendrá que abonar la devolución más el interés de demora, que en 2022 es de un 3,75%, añadido al importe de la devolución.
De esta manera, tal como informa el artículo 31 de la Ley General Tributaria, este interés de demora se añadirá sin que el contribuyente tenga que reclamar.
Cómo consultar el estado de la declaración
Una vez presentada la declaración, la propia web de la Agencia Tributaria permite que los contribuyentes conozcan las distintas fases del proceso:
- Su declaración se está tramitando: indica que la documentación ha sido enviada por el contribuyente.
- Su declaración está siendo comprobada: los técnicos de Hacienda se encuentran realizando las comprobaciones para validar que todos los datos estén correctamente añadidos.
- La declaración con el importe indicado no ha sido grabada o está en proceso. Compruebe el importe: si aparece este mensaje es posible que exista algún problema con el envío de la declaración que hay que revisar.
- Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted: Hacienda ya ha comprobado que todo es correcto.
- Su devolución ha sido emitida: esto quiere decir que el pago ya ha sido emitido y en un plazo máximo de 10 días el contribuyente recibirá el importe. Si esto no ocurre, el contribuyente deberá acudir a la administración de la Agencia Tributaria más cercana a su domicilio fiscal.