Dentro de las pensiones no contributivas se encuentran las pensiones de invalidez y jubilación, según el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Estas pensiones conciernen a las prestaciones económicas que se reconocen a aquellos ciudadanos que, encontrándose en situación de necesidad protegible, carezcan de recursos suficientes para su subsistencia en los términos legalmente establecidos, aun cuando no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo.
Las pensiones no contributivas crecerán también por encima de la revalorización media de las pensiones, hasta converger en 2027 con el 75% del umbral de la pobreza calculado para un hogar unipersonal.
Trámites para no perder la pensión no contributiva
Como cada año, los beneficiarios de las pensiones no contributivas de jubilación y de invalidez deberán presentar un certificado de rentas durante el primer trimestre de 2025, con fecha límite el 31 de marzo.
En ese certificado de rentas se deben indicar los ingresos del beneficiario de la pensión y los ingresos de su unidad de convivencia. Con esa información, el IMSERSO comunicará a la Seguridad Social las posibles variaciones en el nivel de rentas.
Con los datos declarados por los pensionistas y los disponibles por la Administración Pública se procede a la regularización de los importes percibidos en 2024 y se establece el importe de la pensión a cobrar en 2025, en caso de que la revisión realizada diera lugar a la modificación de la cuantía actualizada inicialmente.
Si el nivel de rentas subiese por ingresos diferentes a la pensión no contributiva, el importe de esta pensión bajará. Si hubiesen bajado las otras rentas, el importe de la pensión no contributiva aumentará.
El incumplimiento de la obligación de presentar la declaración anual de rentas, antes del 31 de marzo, da lugar a la suspensión del pago de la pensión no contributiva.
Requisitos para acceder a la pensión no contributiva
Los requisitos para acceder a la pensión no contributiva de jubilación son:
- Ser mayor de 65 años.
- No optar a una jubilación contributiva
- Carecer de rentas suficientes.
- Residir legalmente en España actualmente y durante los dos años anteriores a la solicitud.
- Haber residido en España durante 10 años desde la edad de 16 años hasta la fecha de la solicitud.
- Tener entre 18 y 65 años.
- Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
- Carecer de rentas o ingresos suficientes.
- Haber residido legalmente en España, al menos, durante cinco años, de los cuales dos tienen que ser inmediatamente anteriores a la solicitud.