Aunque hasta el mes de abril no se abrirá el plazo de presentación de la declaración de la renta, estas son algunos de los cambios que deberás tener en cuenta cuando llegue el momento de su tramitación.
¿Cuáles son las principales novedades?
Como se aprobó en los PGE de 2021, una de las principales novedades tributarias a tener en cuenta en la próxima declaración es la modificación de la escala aplicable para determinar la retención sobre los rendimientos del trabajo, pues se introdujo un nuevo tramo del 47% para aquellos contribuyentes con rentas superiores a 300.000 euros.
En esta línea, se aprobó también la subida al 24,50% de la retención aplicable a los trabajadores cuyo salario excede los 300.000 euros para “determinar la cuota íntegra estatal”.
Por otra parte, se añadió un nuevo tramo en los tipos de gravamen del ahorro. Es decir, desde el 1 de enero de 2021 tributará al 13% aquellos ahorros que excedan los 200.000 euros.
¿Qué nuevas deducciones se aplican?
En este sentido, se contemplan deducciones para “impulsar la rehabilitación edificatoria” de un 20%, con un máximo de 5.000 euros, en aquellas “obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas” cuyo titular tuviera arrendadas o preparadas para su arrendamiento antes del 31 de diciembre de 2023.
No obstante, no disfrutará de esta deducción “la parte de la obra que se realice en plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos, ni en la parte de la vivienda afecta a una actividad económica”.
Adicionalmente, se establecen deducciones del 40% para aquellas obras cuyo objetivo sea mejorar “el consumo de energía primaria no renovable”, con un máximo de 7.500 euros hasta el 31 de diciembre de 2022.
Asimismo, podrán deducir un 60% las obras de rehabilitación energética las obras realizadas en viviendas del titular de uso residencial, así como en sus trasteros y plazas de garaje hasta el último día del 2023.
¿Se deben declarar las monedas virtuales?
Desde el 11 de julio de 2021, todas las personas y entidades residentes en España que realicen cualquier operación con criptomonedas en cualquiera de sus ámbitos, como transferir, almacenar, estarán obligadas a informar a la Agencia Tributaria de la totalidad de monedas de las que disponen.
¿Qué ocurre con las ayudas a los afectados por el volcán de La Palma?
A raíz de la catástrofe natural ocurrida en La Palma por el volcán Cumbre Vieja, el Ministerio de Hacienda acometió una serie de medidas urgentes que afectarán a los ciudadanos en la declaración de la renta 2021.
Según establece la Agencia Tributaria, estarán exentas de tributar el IRPF aquellas ayudas excepcionales “por daños profesionales” que los afectados por las erupciones del volcán Cubre Vieja, en La Palma, hubieran recibido.
Asimismo, el Real Decreto ley 20/2021, de 5 de octubre, también contempla que, de manera excepcional nuevamente, Hacienda permita una reducción de “los índices de rendimiento neto” que afectan a la estimación del IVA y del IRPF en la explotaciones y actividades agrarias que hayan sufrido daños por la mencionada catástrofe natural.