CAMBIOS EN LAS PENSIONES

La edad de jubilación sube en 2024: cambios para poder cobrar la pensión

La edad de jubilación se incrementará en 2024, año en el que también habrá cambios en los años cotizados para poder cobrar la pensión.

ondacero.es | Agencias

Madrid | 31.12.2023 09:04

La edad de jubilación sube en 2024: cambios para poder cobrar la pensión
La edad de jubilación sube en 2024: cambios para poder cobrar la pensión | Pexels

El año 2024 comienza con grandes cambios en lo que a las pensiones se refiere. No sólo en cuanto a la edad necesaria para jubilarse, que aumenta, sino también en cuanto a los años cotizados y la cuantía de las mismas:

  • Las pensiones contributivas subirán un 3,8%.
  • Las mínimas contributivas aumentarán un 6,9%.
  • Las de viudas con cargas familiares se revalorizarán un 14,1%, desde los 905,9 euros actuales hasta los 1.033,6 euros mensuales
  • Las pensiones no contributivas y el Ingreso Mínimo Vital (IMV) se incrementarán también un 6,9%.

Sube la edad de jubilación

Sin embargo, los españoles que quieran jubilarse a partir de este lunes 1 de enero con el 100% de la pensión, tendrán que tener al menos 66 años y seis meses cumplidos(dos meses más que actualmente), en virtud de la reforma de pensiones de 2013, en la que se elevaba progresivamente la edad de jubilación desde los 65 a los 67 años en un horizonte total de 15 años.

Cambios en los años cotizados

Estos 66 años y seis meses será la edad que se exija para quienes acrediten menos de 38 de cotización (en 2023 se exigen 66 años y cuatro cumplidos para poder jubilarse con menos de 37 años y nueve meses cotizados).

En cambio, el periodo cotizado exigido aumenta tres meses y para poder jubilarse con 65 años y cobrar el 100% de la pensión, habrá que haber estado pagando las cuotas a la Seguridad Social durante al menos 38 años.

Con los cambios se persigue el objetivo que a partir de 2027 la edad legal de jubilación quede establecida en 67 años si no se ha trabajado 38 años y medio.

Jubilación parcial y anticipada

En el caso de que los trabajadores quieran acceder a la jubilación parcial sin que la empresa haga un contrato de relevo, la edad mínima de acceso será la edad ordinaria de jubilación que en cada caso resulte de aplicación.

Si la empresa hace un contrato de relevo para cubrir el tiempo de trabajo que deja de trabajar la persona que se jubila parcialmente, la edad mínima de acceso para la jubilación parcial será desde el 1 de enero de 2024 de 62 años y seis meses si se tienen cotizados 36 años o más, o de 64 meses en el caso de que se tengan 33 años cotizados.

La Seguridad Social permite jubilarse anticipadamente a los trabajadores de forma voluntaria hasta un máximo de 24 meses antes de la edad legal ordinaria. Si la jubilación anticipada es involuntaria, es posible jubilarse hasta un máximo de 48 meses antes de la edad de jubilación ordinaria.

En el caso de la jubilación anticipada, la Seguridad Social aplica una serie de coeficientes reductores sobre la cuantía de la pensión, que dependen del número de meses de adelanto de la edad de retiro y del periodo de cotización acumulado.

Por contra, si se retrasa voluntariamente el acceso a la pensión de jubilación después de la edad ordinaria, el pensionista recibirá una bonificación, que puede consistir en un porcentaje adicional de pensión del 4%, una cantidad a tanto alzado o una combinación de ambos si se demora la jubilación dos años o más.