En un comunicado, el departamento que dirige Álvaro Nadal ha explicado que la sentencia no declara la inconstitucionalidad del texto del real decreto ley 13/2014 de medidas del sistema gasista, en el que se estableció una indemnización de 1.350,7 millones para los promotores del proyecto por la suspensión de la actividad del almacén, sino que estima sólo los recursos a los artículos referidos a la solución financiera por un motivo formal.
Según el Ministerio, el TC no se opone al esquema financiero, sino que cuestiona el instrumento que se utilizó para aprobarlo, por considerar que no se cumplían los presupuestos de extraordinaria y urgente necesidad que se exige para la aprobación de un real decreto-ley.
En ningún caso, según el departamento de Energía, la sentencia concluye que hubiera habido un pago indebido al titular del almacenamiento, la empresa Escal UGS -participada por la compañía ACS en un 66,67%-, sino que considera que hubiera bastado con que la decisión se aprobara mediante el procedimiento legislativo ordinario de urgencia en vez del real decreto-ley.
Por último, el Ministerio ha anunciado que adoptará las medidas oportunas cuando estudie en profundidad la sentencia del Constitucional.
El TC ha estimado parcialmente los recursos presentados por el Parlament, el Gobierno catalán y el grupo del PSC en el Congreso, y ha acordado declarar "inconstitucionales y nulos" los artículos que fijaban una indemnización por la suspensión de la actividad del almacén, ya que no había una "situación de extraordinaria y urgente necesidad" que justificara aprobar un decreto ley para "atribuir nuevas obligaciones de pago al sistema gasista".
El Gobierno suspendió en septiembre de 2013 la actividad de inyección de gas en el almacenamiento subterráneo Castor, tras los cientos de seísmos registrados en la zona, y en octubre de 2014 aceptó mediante un decreto ley la renuncia de Escal UGS a la concesión de la instalación.
Además, el Ejecutivo mediante un real decreto estableció una indemnización de 1.350,7 millones para la compañía, cantidad que se cargaría en el recibo del gas durante 30 años.